Consulta de facturas electrónicas a nombre de personas naturales AG 2024: ¡Ya se encuentra disponible en la página de la Dian!

Desde el 1 de agosto de 2025, la Dian puso a disposición de las personas naturales la consulta de facturas electrónicas generadas a su nombre durante el año 2024.

Esto tiene el objetivo de apoyar la revisión necesaria para determinar el valor que las personas naturales podrán llevar como deducción por este concepto en su declaración de renta.

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Actualizado el: 04 Dic 2025

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Consulta de facturas electrónicas en la página de la Dian

La consulta de facturas electrónicas generadas a nombre de terceros en 2024 ya está disponible en la plataforma de la Dian.

  • ¿Desde cuándo se encuentra disponible el reporte de facturas electrónicas por el AG 2024? Desde el 1 de agosto de 2025, con el corte de información al 31 de enero de 2025.
  • ¿Cuánto se puede deducir en la declaración de renta por compras con facturas electrónicas? El 1 % del valor de las adquisiciones que cumplan con la totalidad de los requisitos dispuestos en el numeral 5 del artículo 336 del ET, limitado a $11.296.000 por el 2024.

¡A continuación te compartimos varios aspectos a tener en cuenta frente a este reporte!

¿Qué utilidad tiene la consulta de facturas electrónicas dispuesto por la Dian?

Este reporte, dispuesto por la Dian, permite una mejor validación del valor que las personas naturales residentes podrán tomar como deducción en la cédula general del formulario 210, por concepto de compras y adquisiciones soportadas con facturas electrónicas. La deducción corresponderá al 1 % del valor de las adquisiciones que cumplan con la totalidad de los requisitos dispuestos en el numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario (ET).

Esta deducción no podrá exceder de 240 UVT anuales ($11.296.000 para el año gravable 2024 y $11.952.000 para el año gravable 2025).

También, puedes conocer más sobre Alegra, software de facturación electrónica.

¿Qué información se incluye en el reporte de facturas electrónicas dispuesto por la Dian?

Este reporte por el año gravable 2024 contiene 11 columnas en las cuales se incluye la siguiente información:

  1. Identificación Emisor Factura: corresponde al número de identificación de quien emite la factura electrónica.
  2. Nombre Emisor Factura: corresponde al nombre del emisor de la factura electrónica.
  3. Fecha Emisión: indica la fecha de emisión de la factura electrónica.
  4. Valor Facturado: indica el valor facturado inicialmente en la factura electrónica.
  5. Valor Notas Crédito: indica el valor de las notas crédito realizadas a la factura electrónica que disminuyen el valor de la operación.
  6. Valor Notas Débito: Indica el valor de las notas débito realizadas a la factura electrónica que aumentan el valor de la operación.
  7. Valor Factura/Afectada con Notas: señala el valor final de la operación tras las notas crédito y débito realizadas a la factura electrónica.
  8. Valor Susceptible Beneficio: indica el valor de las facturas electrónicas generadas que son susceptibles de llevar como deducción del 1 % según el numeral 5 del artículo 336 del ET.
  9. Medios de pago: en esta columna se indica el medio de pago utilizado para el pago de la factura.

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que, según lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 11 de la Resolución 000165 de 2023, la factura de venta electrónica debe expedirse con la indicación del medio de pago utilizado cuando la forma de pago es de contado. Esto sigue planteando varios interrogantes frente al reporte emitido por la Dian: ¿Todas las facturas incluidas son de contado porque figura un medio de pago? ¿Qué sucede con aquellas a crédito en las cuales no se reporta el medio de pago y son susceptibles del beneficio?

Te puede interesar nuestro editorial: Deducción del 1 % por compras soportadas con facturas electrónicas cuando el medio de pago fue registrado como efectivo.

  1. Num_factura_venta: corresponde al número de la factura electrónica reportado.
  2. CUFE: Corresponde al Código Único de Factura Electrónica. Frente a este aspecto, es importante tener en cuenta que la Dian dispone de un micrositio en el cual con este código se puede consultar si la factura electrónica fue validada por la Dian.

Debe tenerse en cuenta que se deberá analizar en todo caso de esos costos y gastos soportados con factura electrónica qué conviene en cada contribuyente, si llevarlos por la deducción del 1 % (así no tengan relación de causalidad con la actividad productora de renta) o llevar como costos y gastos procedentes los que efectivamente si tengan relación con la actividad productora de renta. Si se opta por la segunda opción, dicho valor deberá ser disminuido del valor a llevar como deducción.

¿Cómo consultar el reporte de facturas electrónicas dispuesto por la Dian?

Este reporte se podrá descargar atendiendo los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la página de la Dian e ingresar por la opción de usuario registrado

Paso 1 consulta de facturas electrónicas
  1. Ingresar el usuario y contraseña, autorizar el tratamiento de datos personales y hacer clic en el botón “Ingresar”.

Paso 2 consulta de facturas electrónicas
  1. Seleccionar la opción “Consulta Facturas Electrónicas”.

Paso 3 consulta de facturas electrónicas
  1. Aceptar las condiciones para la consulta de la información reportada por factura electrónica. En esta ventana, la Dian indica de dónde proviene esta información y aclara que la información reportada no reemplaza en ningún caso la realidad económica de la persona. También precisa que se debe eliminar del valor a llevar como deducción del 1 % lo correspondiente a las facturas que se han incluido o se van a incluir como costo, deducción, renta exenta en renta, impuesto descontable en IVA u otro beneficio fiscal.

Así mismo indica el procedimiento a seguir si se detecta algún error en la información detectada.

Condiciones reporte de facturas electrónicas
  1. Seleccionar el año para el cual se desea consultar la información y hacer clic en el botón “Consultar”. Ten en cuenta que este reporte solo está disponible desde el año 2023.
Paso 5 reporte facturas electrónicas
  1. Se descargará el reporte correspondiente, el cual podrá visualizarse con la estructura indicada en apartados anteriores.

Te pueden interesar estos contenidos para la temporada de declaración de renta de personas naturales:
Información reportada por terceros a la Dian por el año gravable 2024: ¡Ya se encuentra disponible!
Documentos para la declaración de renta de una persona natural: ¡Asegúrate de solicitarlos todos!
Personas naturales obligadas a declarar renta 2024 en Colombia
Personas naturales no residentes obligadas a declarar renta 2024 en 2025
Guía para determinar la residencia fiscal de las personas naturales
Guía práctica sobre la realización del ingreso fiscal para obligados y no obligados a llevar contabilidad en Colombia

¿Qué se debe hacer si se encuentra un error en la información reportada de las facturas electrónicas?

Si al revisar esta información se encuentra que hay facturas emitidas sobre bienes y/o servicios no adquiridos por la persona, se debe reportar a la Dian mediante los canales habilitados para tal fin; es decir, el sistema de PQRs. Ahora bien, si hay otra inconsistencia, la persona se debe poner en contacto con el emisor de la factura, dado que solo este puede corregir tales datos.

Te puede interesar nuestro editorial: Fecha en el documento soporte con no obligados a facturar: Nueva regla afectaría aceptación de costos y gastos.

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En nuestro artículo Errores frecuentes en facturación electrónica podrás conocer las principales inconsistencias que se pueden presentar al momento de facturar, para que no tengas inconvenientes al momento de realizar las respectivas emisiones.

¿Cómo depuras la información contenida en este reporte? Comparte tu experiencia en la sección de comentarios. Sigue explorando nuestro portal Siempre Al Día y mantente a la vanguardia de las noticias más importantes para tu profesión.

Gracias por llegar hasta aquí,
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