¿Cuáles son las fechas clave del calendario tributario de Cartagena para 2026?
Ya está disponible el calendario tributario de Cartagena para la vigencia 2026. Aquí te compartimos todas las fechas y plazos clave para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de tus clientes en la ciudad. ¡Descubre los vencimientos más relevantes aquí!
Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín
Equipo Siempre Al Día
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TogglePara la presentación de declaraciones y pago ante la dirección de impuestos de Cartagena se debe tener en cuenta lo siguiente.
- ¿Ya está disponible el calendario tributario para Cartagena para el 2026? Sí, fue emitido a través del Decreto 2280 de diciembre 16 de 2025 por parte de la Secretaría de Hacienda Distrital de Cartagena.
- ¿Existen beneficios por pronto pago? Sí hay una reducciones hasta del 20 % por pago anticipado para impuestos como el predial.
Aquí te contamos todo lo que necesitas saber al respecto.
¿Cuál es la normativa de referencia para consultar las condiciones y plazos del calendario tributario de Cartagena en 2026?
La hoja de ruta fiscal para este año está definida en el Decreto No. 2289 del 16 de diciembre de 2025, expedido por la Alcaldía Mayor de Cartagena.
Esta norma unifica los plazos para la declaración y pago de todos los tributos administrados por la Secretaría de Hacienda Distrital. Este decreto es tu herramienta principal para planificar el flujo de caja de tus clientes y evitar sanciones por extemporaneidad.
Adicionalmente, se tendrá que tener en cuenta que, la Resolución 9492 de noviembre 18 de 2025 incluye los vencimientos anuales del reporte de información exógena ante la Secretaría de Hacienda Distrital del período gravable 2025.
¿Cuáles son las fechas clave sobre el impuesto predial unificado en 2026 para Cartagena?
Para 2026 el plazo máximo de pago del impuesto predial en Cartagena es el 31 de julio de 2026, a partir del 1 de agosto ya se cobran intereses de mora, además, quienes paguen con anterioridad podrán obtener un descuento que depende de las siguientes condiciones:
Si se hace el pago del impuesto predial unificado al 1 de abril de 2026:
- Pago con 20% de descuento: para predios residenciales que al 31 de diciembre de 2025 se encuentren a paz y salvo por el 2025 y años anteriores.
- Pago con 13 % de descuento: para predios no residenciales que al 31 de diciembre de 2025 se encuentren a paz y salvo por el 2025 y años anteriores.
- Pago con 10% de descuento: para predios residenciales que paguen únicamente la vigencia 2026 y adeuden vigencias anteriores.
- Pago con 7 % de descuento: para predios no residenciales que al 31 de diciembre de 2025 se encuentren a paz y salvo por el 2025 y años anteriores.
Si se hace el pago del impuesto predial unificado al 28 de mayo de 2026:
- Pago con 10% de descuento: para predios residenciales que al 31 de diciembre de 2025 se encuentren a paz y salvo por el 2025 y años anteriores.
- Pago con 7 % de descuento: para predios no residenciales que al 31 de diciembre de 2025 se encuentren a paz y salvo por el 2025 y años anteriores.
- Pago con 5% de descuento: para predios residenciales que paguen únicamente la vigencia 2026 y adeuden vigencias anteriores.
- Pago con 2 % de descuento: para predios no residenciales que al 31 de diciembre de 2025 se encuentren a paz y salvo por el 2025 y años anteriores.
¿Cuáles son las fechas clave de la sobretasa a la gasolina en 2026?
La fecha de vencimiento para la presentación y pago de la sobretasa a la gasolina en Cartagena, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto No. 2289 del 16 de diciembre de 2025 es dentro de los primeros 18 días calendario del mes siguiente al de causación.
¿Cuáles son las fechas clave de la tasa prodeporte y recreación, estampillas procultura y bienestar del adulto mayor y la justifica familiar en 2026?
Las fechas de vencimiento para los responsables de la tasa prodeporte y recreación, estampillas procultura y bienestar del adulto mayor y la justifica familiar en 2026, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto No. 2289 del 16 de diciembre de 2025 son:
| Declaración y pago mensual 2026* | Plazo en 2026 |
| Enero | 16 de febrero |
| Febrero | 16 de marzo |
| Marzo | 15 de abril |
| Abril | 19 de mayo |
| Mayo | 16 de junio |
| Junio | 15 de julio |
| Julio | 18 de agosto |
| Agosto | 15 de septiembre |
| Septiembre | 15 de octubre |
| Octubre | 18 de noviembre |
| Noviembre | 15 de diciembre |
| Diciembre | 18 de enero |
*En el decreto se menciona “Declaración y pago mensual 2025” por lo que consideramos que es un error de digitación y realmente hacían referencia a 2026.
¿Cuáles son las fechas clave sobre el impuesto de industria y comercio para 2026 en Cartagena?
De acuerdo con el artículo 3 del Decreto No. 2289 del 16 de diciembre de 2025, los contribuyentes del impuesto anual de industria y comercio, avisos y tableros y sobretasa bomberil del período gravable 2025, así como del anticipo del 40 % del período gravable 2026 deberán declarar y pagar hasta el 29 de mayo de 2026.
¿Cómo funciona el beneficio tributario del IPC en Cartagena?
Para acceder al beneficio expuesto en el artículo 65 del Decreto Distrital 0810 de junio 9 de 2023 (exención igual al IPC de 2025 que fue del 5,10 %), las personas naturales contribuyentes del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros y sobretasa bomberil que no sean autorretenedores, deberán realizar en forma voluntaria el pago de al menos el 90 % del impuesto para la vigencia 2026 en forma bimestral en los siguientes fechas:
| Pago bimestral | Plazo en 2026 |
| Enero-febrero | Marzo 26 |
| Marzo-abril | Mayo 27 |
| Mayo-junio | Julio 29 |
| Julio-agosto | Septiembre 24 |
| Septiembre-octubre | Noviembre 26 |
| Noviembre-diciembre | Enero 28 |
Para acceder a este beneficio además de realizar el pago del 90 % del impuesto, deben pagar el 10 % restante a más tardar al 29 de mayo de 2026.
¿Cuáles son las fechas clave sobre la retención del impuesto de industria y comercio para 2026 en Cartagena?
La declaración bimestral y el pago de retenciones y autorretenciones del impuesto de industria y comercio en el 2026 tiene los siguientes vencimientos:
| Pago bimestral | Plazo en 2026 |
| Enero-febrero | Marzo 26 |
| Marzo-abril | Mayo 27 |
| Mayo-junio | Julio 29 |
| Julio-agosto | Septiembre 24 |
| Septiembre-octubre | Noviembre 26 |
| Noviembre-diciembre | Enero 28 |
¿Cuáles son las fechas clave sobre el reporte en 2026 de la información exógena del año gravable 2025 de Cartagena?
De acuerdo con el artículo 17 de la Resolución 9492 de noviembre 18 de 2025 la entrega de la información exógena del período gravable 2025 deberá suministrar en las siguientes fechas:
| Último dígito del NIT | Plazo en 2026 |
| 0 | Julio 10 |
| 9 | Julio 17 |
| 8 | Julio 24 |
| 7 | Julio 31 |
| 6 | Agosto 6 |
| 5 | Agosto 14 |
| 4 | Agosto 21 |
| 3 | Agosto 28 |
| 2 | Septiembre 4 |
| 1 | Septiembre 11 |
¡Conoce más detalles descargando el calendario general y el aplicable a la exógena distrital!
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Además, con el reporte de flujo de caja puedes validar si la planeación tributaria que hiciste con tu cliente tuvo un buen resultado.
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¿Tenías en cuenta estas fechas? Te invitamos a compartir en los comentarios de qué otros temas te gustaría encontrar información en nuestro portal.
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Fuentes oficiales
- Alcaldía Distrital de Cartagena de Indias. (2025) Decreto 2280 de diciembre 16 de 2025 – Calendario tributario 2026
- Alcaldía Distrital de Cartagena de Indias. (2025) Resolución 9492 de noviembre 18 de 2025 – Información exógena AG 2025
- Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias. (2023). Decreto Distrital 0810 de junio 9 de 2023 – Beneficio IPC



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