Declaración de renta de personas naturales bajo la lupa de la DIAN: Cruces que pueden revelar inconsistencias
Una auditoría a la declaración de renta de personas naturales va mucho más allá de verificar que las cifras del formulario 210 estén correctamente diligenciadas. La revisión debe determinar si los ingresos declarados coinciden con la información reportada por terceros, si las consignaciones bancarias tienen una explicación documentada, si los activos y pasivos están correctamente reconocidos y si el crecimiento patrimonial guarda relación con las fuentes de recursos del contribuyente.
Escrito por:
Dana Becerra
Equipo Siempre Al Día
Contenido revisado por:
Equipo Alegra
Resume esta entrada del blog con:
Índice
ToggleUna auditoría a la declaración de renta de personas naturales puede revelar diferencias que no siempre son visibles al revisar únicamente el formulario 210. Ingresos reportados por terceros que no fueron declarados, consignaciones bancarias sin conciliar, costos sin soporte, deducciones aplicadas sin cumplir requisitos, activos omitidos, pasivos difíciles de demostrar o incrementos patrimoniales que no guardan relación con los ingresos son algunos de los hallazgos que pueden abrir una discusión con la Administración tributaria.
Por eso, la revisión no debería consistir en copiar la información exógena dentro de la declaración. El verdadero trabajo del contador está en conciliar lo que conoce la DIAN con la realidad económica del contribuyente, verificar los soportes y documentar las diferencias antes de presentar la declaración o antes de atender una fiscalización.
Lo que debes revisar antes de que lo haga la DIAN
No necesariamente. Es una fuente de contraste, pero no reemplaza la realidad económica ni los soportes del contribuyente. Las diferencias deben poder explicarse.
No. Puede corresponder a traslados entre cuentas, préstamos, reembolsos, venta de activos o recursos de terceros. Lo importante es identificar y probar su origen.
Sí. Deben guardar relación con la actividad, cumplir los requisitos fiscales y contar con soportes idóneos.
Sí. Los activos omitidos tienen reglas fiscales específicas y pueden producir efectos sobre la renta gravable y el régimen sancionatorio.
Sí. Una deuda que reduce el patrimonio líquido debe poder demostrarse mediante documentos y trazabilidad de la obligación.
Sí. Si el aumento del patrimonio no puede explicarse con las rentas y demás fuentes demostrables, debe revisarse la comparación patrimonial.
¿Cómo puede encontrar la DIAN inconsistencias en la declaración de renta de una persona natural?
La declaración de renta debería ser el resultado de una reconstrucción de la realidad económica del contribuyente. La DIAN puede contar con información proveniente de empleadores, clientes, entidades financieras, fondos, sociedades, notarías y otros terceros, además de datos contenidos en sistemas de facturación electrónica y demás reportes tributarios.
Por eso, una auditoría preventiva debería verificar si la declaración, los bancos, el patrimonio, los certificados y la información reportada por terceros cuentan una historia coherente.
Mapa de cruces para una auditoría preventiva de renta
Una diferencia no equivale automáticamente a evasión ni a un ingreso omitido. El riesgo aparece cuando el contribuyente no puede identificar el origen de la diferencia, explicar su tratamiento tributario y demostrarlo documentalmente.

1. Ingresos reportados por terceros que no aparecen en la declaración de renta
Uno de los primeros controles consiste en comparar los ingresos incluidos en el formulario 210 con la información exógena, los certificados y los demás documentos entregados por empleadores, clientes, entidades financieras y otros pagadores.
Las diferencias pueden aparecer en salarios, honorarios, servicios, arrendamientos, rendimientos financieros, dividendos u otros conceptos que un tercero haya asociado al contribuyente.
Ingresos incluidos en la declaración: $145 millones
Pagos reportados por terceros: $168 millones
Diferencia pendiente por analizar: $23 millones
Esa diferencia no debería tratarse automáticamente como ingreso omitido. Puede corresponder a un error del reportante, un valor duplicado, un reembolso, recursos recibidos para terceros, una devolución o una operación con tratamiento tributario diferente.
El contador debería construir una conciliación al nivel de tercero → concepto → valor reportado → certificado → valor real → valor declarado → diferencia → explicación → soporte.
Contenido relacionado: consulta nuestra guía de declaración de renta de personas naturales AG 2025 y el análisis de información exógena 2025 a presentar en 2026.
2. Consignaciones y movimientos bancarios que el contribuyente no puede explicar
Revisar únicamente los certificados de ingresos puede dejar por fuera una parte importante de la realidad económica. Las cuentas bancarias muestran movimientos que deben poder relacionarse con ingresos, préstamos, traslados, ventas de activos, reembolsos u otras operaciones.
Una consignación bancaria no constituye automáticamente un ingreso gravado. Sin embargo, cuando existe un movimiento material cuyo origen no puede demostrarse, aparece un punto de riesgo que debería resolverse antes de presentar la declaración.
Clasifica las entradas bancarias antes de cerrar renta
Salarios, honorarios, arrendamientos, rendimientos u otros ingresos.
Traslados entre cuentas propias, reintegros o devoluciones debidamente identificadas.
Préstamos, venta de activos, herencias, donaciones o recursos administrados para terceros.
La categoría que nunca debería quedar abierta al final del proceso es “consignación por aclarar”. Si el contribuyente no recuerda el origen, será necesario reconstruirlo con extractos, contratos, comprobantes y demás evidencia disponible.
3. Ingresos declarados en una cédula o categoría que no corresponde
Que el ingreso aparezca en la declaración no garantiza que esté correctamente tratado. Las personas naturales pueden recibir simultáneamente salarios, honorarios, arrendamientos, rendimientos financieros, dividendos, pensiones o ingresos derivados de la venta de activos.
Una clasificación incorrecta puede modificar la depuración aplicable, los costos procedentes, las rentas exentas, las deducciones, los límites y la tarifa que finalmente determina el impuesto.
Antes de llevar un ingreso al formulario 210, documenta cuatro elementos: naturaleza del ingreso → cédula o tratamiento aplicable → depuración → soporte.
Este control es especialmente importante cuando una persona desarrolla simultáneamente una actividad profesional o empresarial y además recibe rentas de capital, dividendos o ingresos laborales.
4. Costos y gastos de trabajadores independientes que no tienen soporte suficiente
Los contribuyentes que obtienen ingresos por actividades independientes pueden incurrir en costos y gastos necesarios para desarrollar su actividad. Sin embargo, esos valores no deberían llevarse a la declaración únicamente porque fueron pagados.
El contador debe verificar, según corresponda, la relación con la actividad, la existencia de factura electrónica o documento soporte, los medios de pago utilizados, las retenciones aplicables y la evidencia de que la operación realmente ocurrió.
Además, el artículo 336-1 del Estatuto Tributario establece un indicador de costos y gastos del 60 % de los ingresos brutos para las rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria. Cuando se supera el indicador, esto debe informarse en la declaración y cobra especial relevancia la capacidad probatoria del contribuyente.
Ingresos por honorarios: $150 millones
Costos y gastos declarados: $105 millones
Relación costo / ingreso: 70 %
Superar el indicador no significa que el exceso sea automáticamente rechazado. Sí exige revisar con mayor detalle la procedencia y los soportes de los costos.
5. Deducción por dependientes aplicada sin cumplir requisitos o límites
La deducción por dependientes merece un control separado porque existen reglas y límites que pueden confundirse al preparar el formulario 210.
Antes de aplicar el beneficio, el contador debería verificar quién cumple la definición fiscal de dependiente, qué documentos acreditan el parentesco o condición correspondiente, si existe dependencia económica cuando resulte exigible y cuál es el límite aplicable en cada caso.
Prueba mínima para dependientes
Quién es el dependiente.
Que cumple la definición fiscal.
Parentesco y demás condiciones.
Aplicar correctamente el beneficio.
Contenido relacionado: complementa esta revisión con nuestra guía de deducción por dependientes en la declaración de renta.
6. Rentas exentas y deducciones que exceden los límites permitidos
La existencia de un beneficio tributario no significa que el contribuyente pueda restarlo sin límites. En la cédula general deben revisarse tanto los topes particulares de cada concepto como el límite general aplicable a las rentas exentas y deducciones sometidas a esa restricción.
Para el año gravable 2025, el límite general corresponde al 40 % de la renta líquida determinada antes de estas partidas, sin exceder 1.340 UVT, sin perjuicio de conceptos que por disposición legal tengan un tratamiento diferente. La renta exenta laboral del 25 % también cuenta con su límite anual específico de 790 UVT.
Valida también: beneficiario → requisito legal → soporte → valor pagado → límite individual → límite general → valor llevado al formulario.
Dentro de esta prueba deberían revisarse, según corresponda, la renta exenta laboral, aportes voluntarios, cuentas AFC, intereses de vivienda, medicina prepagada, dependientes y demás conceptos aplicados por el contribuyente.
Contenido relacionado: consulta rentas exentas en personas naturales AG 2025.
7. Retenciones incluidas en la declaración que no coinciden con certificados o reportes de terceros
Las retenciones disminuyen el saldo final a pagar y pueden contribuir a generar un saldo a favor. Por eso, una diferencia en este rubro merece un control específico.
La revisión debería llegar al nivel de agente retenedor → concepto → base → retención certificada → valor reportado → valor declarado → diferencia.
No debería tomarse una retención únicamente porque aparece en la información de terceros. Tampoco debería descartarse sin revisar la realidad de la operación cuando existe evidencia de que efectivamente fue practicada.
8. Activos que no aparecen en el patrimonio declarado
Una auditoría de renta no termina en los ingresos. La reconstrucción patrimonial es uno de los controles más importantes porque permite verificar si los bienes y derechos poseídos al cierre del año están correctamente incluidos y valorados para efectos fiscales.
- Cuentas bancarias y depósitos.
- CDT e inversiones.
- Inmuebles.
- Vehículos.
- Acciones y participaciones.
- Cuentas por cobrar.
- Criptoactivos, cuando corresponda.
- Activos poseídos en el exterior.
- Otros bienes y derechos con valor patrimonial.
Patrimonio declarado: $480 millones
Activos identificados en la auditoría: $610 millones
Diferencia por explicar: $130 millones
Antes de concluir que existe un activo omitido, debe revisarse la titularidad, el valor fiscal, la fecha de adquisición y la naturaleza de cada partida. Pero una diferencia patrimonial material nunca debería quedar sin explicación.
9. Pasivos que reducen el patrimonio pero no cuentan con prueba suficiente
Los pasivos pueden disminuir el patrimonio líquido del contribuyente. Precisamente por ese efecto, deben contar con evidencia suficiente para demostrar que la obligación existía al cierre del período.
Son especialmente sensibles los préstamos entre familiares, deudas entre particulares, obligaciones sin contrato, saldos que permanecen iguales durante varios años y pasivos que no coinciden con la información del supuesto acreedor.
Acreedor → identificación → origen de la deuda → contrato o documento → desembolso recibido → movimientos → saldo al 31 de diciembre → pagos posteriores.
Los activos omitidos y los pasivos inexistentes tienen reglas específicas en el Estatuto Tributario, por lo que no deberían tratarse como una simple diferencia de presentación.
10. Venta de activos, herencias, donaciones u otras ganancias ocasionales mal declaradas u omitidas
Una persona puede tener operaciones relevantes que no hacen parte de sus ingresos habituales y que, por ello, son fáciles de pasar por alto durante la preparación de la declaración.
- Venta de inmuebles.
- Venta de vehículos u otros activos.
- Cesión de derechos.
- Herencias y legados.
- Donaciones.
- Loterías, rifas, apuestas y premios.
- Otras operaciones susceptibles de generar ganancia ocasional.
En la venta de un activo no basta con identificar el dinero recibido. Deben revisarse la naturaleza del bien, su tiempo de posesión, el precio de enajenación, el costo fiscal y el tratamiento que corresponde a la utilidad.
¿La variación en bancos o patrimonio corresponde a un ingreso ordinario, a la venta de un activo, a una ganancia ocasional o a otra fuente que deba revelarse de forma diferente en la declaración?
11. Ingresos o activos del exterior omitidos por un residente fiscal colombiano
Antes de revisar ingresos extranjeros debe resolverse una pregunta previa: ¿la persona es residente fiscal en Colombia? La residencia determina el alcance con el que deben analizarse los ingresos y el patrimonio.
Los clientes que trabajaron remotamente para empresas extranjeras, recibieron pagos a través de plataformas internacionales, mantuvieron cuentas bancarias fuera del país, adquirieron inversiones extranjeras o recibieron dividendos e intereses del exterior requieren una revisión específica.
El análisis tributario comienza por la residencia fiscal, la naturaleza del ingreso y las reglas aplicables, no por el lugar donde se encuentra la cuenta bancaria.
Contenido relacionado: revisa la sección de residencia fiscal y rentas del exterior de nuestra guía completa de declaración de renta de personas naturales.
12. Incremento patrimonial que los ingresos declarados no logran explicar
Este es uno de los cruces más potentes de toda la auditoría porque obliga a conectar ingresos, patrimonio, pasivos, ganancias ocasionales y demás fuentes que explican cómo cambió la situación económica de la persona durante el año.
El artículo 236 del Estatuto Tributario contempla la renta por comparación patrimonial cuando el aumento del patrimonio líquido no encuentra justificación suficiente en las rentas y demás conceptos que pueden explicar la variación.
Patrimonio líquido año anterior: $300 millones
Patrimonio líquido año actual: $520 millones
Incremento patrimonial: $220 millones
Fuentes identificadas para justificar el incremento: $140 millones
Diferencia por justificar: $80 millones
La diferencia podría tener una explicación válida: un préstamo real, una herencia, una donación, la venta de un activo, ingresos no constitutivos de renta u otra fuente demostrable. El punto es que esa explicación debe existir antes de que la DIAN formule la pregunta.
La prueba final: ¿la declaración cuenta una historia económica coherente?
Una persona puede declarar correctamente cada casilla y aun así mostrar una inconsistencia global si sus ingresos, gastos, adquisiciones y crecimiento patrimonial no guardan relación entre sí.
Matriz rápida de hallazgos que deberías revisar antes de presentar renta
Esta matriz resume los principales cruces que puede realizar el contador durante una auditoría preventiva de renta de personas naturales.
| Hallazgo | Cruce preventivo | Riesgo principal | Nivel |
|---|---|---|---|
| Ingresos no conciliados | Exógena + certificados + declaración | Posible ingreso omitido | ALTO |
| Consignaciones sin explicar | Bancos + ingresos + soportes | Diferencias sin justificación | ALTO |
| Clasificación incorrecta | Naturaleza del ingreso + formulario 210 | Depuración o impuesto incorrecto | REVISAR |
| Costos de independientes | Ingresos + facturas + pagos + actividad | Costos improcedentes | ALTO |
| Dependientes | Beneficio + requisitos + soportes | Deducción improcedente | REVISAR |
| Rentas exentas y deducciones | Soportes + límites individuales y generales | Beneficio excesivo | REVISAR |
| Retenciones | Certificados + terceros + formulario | Saldo a pagar o saldo a favor incorrecto | ALTO |
| Activos omitidos | Patrimonio + bancos + terceros | Omisión patrimonial | ALTO |
| Pasivos sin soporte | Deuda + acreedor + desembolso + saldo | Pasivo inexistente | ALTO |
| Venta de activos o ganancias ocasionales | Notarías + contratos + bancos + renta | Operación omitida o mal clasificada | ALTO |
| Activos o ingresos del exterior | Residencia + soportes + patrimonio | Omisión de renta o patrimonio | ALTO |
| Incremento patrimonial | Patrimonio anterior vs. actual | Comparación patrimonial | ALTO |
¿Quieres convertir esta revisión en un proceso operativo?
Descarga la Matriz PRO de auditoría preventiva de renta para personas naturales y documenta en un solo archivo los hallazgos, diferencias, soportes, nivel de riesgo y acciones pendientes de cada cliente.
HERRAMIENTA GRATUITA PARA CONTADORES
Matriz PRO de auditoría preventiva de renta para personas naturales
Revisa los principales puntos que pueden generar inconsistencias ante la DIAN antes de presentar el formulario 210. La matriz te ayuda a conciliar ingresos, bancos, patrimonio, pasivos, retenciones, beneficios tributarios y soportes.
- 24 pruebas de auditoría preventiva
- Cruce de ingresos e información exógena
- Control de consignaciones bancarias
- Revisión de activos y pasivos
- Control de deducciones y rentas exentas
- Análisis de variación patrimonial
- Semáforo automático de riesgo
- Dashboard de hallazgos y montos expuestos
HERRAMIENTA GRATUITA PARA CONTADORES
¿La declaración de renta de tu cliente resistiría un cruce de la DIAN?
Usa la Matriz PRO para detectar diferencias entre ingresos, bancos, patrimonio, información exógena, retenciones y beneficios tributarios antes de presentar la declaración.
- 24 pruebas de auditoría preventiva
- Ingresos vs. información exógena
- Consignaciones y bancos
- Activos y pasivos
- Beneficios tributarios
- Variación patrimonial
- Semáforo de riesgo
- Dashboard de hallazgos
Descarga la Matriz PRO
Completa el formulario y la descarga del Excel se iniciará automáticamente.
¿La descarga no inicia? Descarga el archivo aquí .
La mayor señal de alerta: una declaración que no explica cómo cambió la realidad económica del contribuyente
En personas naturales, una revisión aislada de cada casilla puede dejar escapar el problema más importante: que el conjunto de la declaración no sea coherente con la evolución económica de la persona.
Pregunta de auditoría: ¿qué fuentes permitieron que el patrimonio aumentara $150 millones si los ingresos declarados fueron $95 millones?
Puede existir una respuesta completamente válida, pero debe estar identificada y soportada: venta de activos, préstamos, herencias, donaciones, ingresos no constitutivos de renta u otras fuentes patrimoniales.
¿Qué expediente debería preparar el contador para defender la declaración?
La declaración de renta no debería ser el único archivo conservado del cliente. Una auditoría preventiva exige construir trazabilidad por cada rubro material.
Activos: documento de adquisición → costo fiscal → saldo al cierre → patrimonio.
Pasivos: acreedor → contrato → desembolso → saldo → pagos posteriores.
Deducciones: beneficiario → requisito legal → soporte → cálculo → límite.
Ganancias ocasionales: operación → valor recibido → costo fiscal → tratamiento → declaración.
Semáforo de auditoría preventiva de renta de personas naturales
Clasificar los hallazgos permite concentrar el tiempo del contador en las partidas que tienen mayor capacidad de modificar la renta, el patrimonio o el impuesto.
Ingresos de terceros no conciliados.
Consignaciones materiales sin explicación.
Activos omitidos.
Pasivos sin prueba.
Retenciones no soportadas.
Operaciones de venta omitidas.
Ingresos o activos extranjeros no analizados.
Incremento patrimonial sin justificar.
Costos elevados de independientes.
Dependientes.
AFC y aportes voluntarios.
Intereses de vivienda.
Medicina prepagada.
Rentas exentas.
Transferencias entre cuentas propias.
Errores de terceros en exógena.
Ingreso identificado.
Movimiento bancario explicado.
Patrimonio reconstruido.
Pasivos demostrables.
Beneficios con soporte.
Retenciones conciliadas.
Exógena revisada.
Variación patrimonial explicada.
¿Qué puede ocurrir si la DIAN confirma una inconsistencia?
La consecuencia dependerá del tipo de hallazgo, el período fiscalizado, la actuación administrativa y la conducta específica identificada.
- Adición de ingresos.
- Rechazo de costos.
- Desconocimiento de deducciones o rentas exentas.
- Desconocimiento de retenciones.
- Determinación de activos omitidos.
- Cuestionamiento de pasivos inexistentes.
- Renta por comparación patrimonial.
- Mayor impuesto a cargo.
- Intereses moratorios.
- Sanción por inexactitud cuando se configuren los presupuestos legales.
Contenido relacionado: revisa nuestra guía de sanciones en la declaración de renta de personas naturales, donde explicamos qué puede ocurrir cuando la DIAN detecta omisiones o información incorrecta.
Checklist antes de presentar la declaración de renta de una persona natural
Estas preguntas funcionan como una última prueba de auditoría antes de firmar el formulario 210.
- ¿Concilié los ingresos con la información reportada por terceros?
- ¿Identifiqué el origen de las consignaciones y transferencias relevantes?
- ¿Clasifiqué correctamente cada tipo de ingreso?
- ¿Los costos de actividades independientes tienen soporte fiscal?
- ¿Revisé el indicador de costos del 60 % cuando resulta aplicable?
- ¿Los dependientes cumplen los requisitos?
- ¿Recalculé los límites de rentas exentas y deducciones?
- ¿Concilié las retenciones con certificados y terceros?
- ¿Reconstruí el patrimonio activo por activo?
- ¿Cada pasivo puede demostrarse?
- ¿Revisé ventas de activos, herencias, donaciones y demás ganancias ocasionales?
- ¿Analicé la residencia fiscal?
- ¿Revisé ingresos y activos del exterior?
- ¿Comparé el patrimonio líquido con el año anterior?
- ¿Puedo explicar documentalmente cualquier incremento patrimonial relevante?
- ¿Documenté las diferencias encontradas frente a la información exógena?
Alegra Contabilidad: convierte la información del cliente en una revisión más trazable
La tecnología no reemplaza el criterio profesional del contador, pero puede reducir uno de los mayores riesgos durante la temporada de renta: reconstruir la información cuando el vencimiento ya está cerca.
Cuando el cliente desarrolla una actividad económica, mantener su información organizada facilita identificar movimientos por tercero, ingresos, gastos, cuentas por cobrar, obligaciones y documentos que posteriormente deben conciliarse con la declaración.
La mejor auditoría empieza antes de abrir el formulario 210
Organiza la información de tus clientes, revisa movimientos y soportes durante el año y llega a la declaración con las diferencias previamente identificadas.
Conoce Alegra ContabilidadErrores frecuentes al preparar una persona natural para una auditoría de la DIAN
Estos errores pueden hacer que una declaración aparentemente correcta llegue a una fiscalización sin la trazabilidad suficiente para defender sus cifras.
El reporte de terceros es una herramienta de contraste. Debe compararse con la realidad económica y los soportes del contribuyente.
Patrimonio, pasivos y variaciones patrimoniales pueden revelar diferencias tan importantes como las de ingresos.
Primero debe identificarse la naturaleza del movimiento.
También los movimientos entre cuentas deben poder conciliarse.
Una transferencia bancaria no reemplaza el soporte fiscal ni demuestra por sí sola la procedencia del costo.
Cada período exige validar nuevamente requisitos, límites y documentos.
Una deuda sin prueba suficiente puede modificar artificialmente el patrimonio líquido.
La variación patrimonial debería revisarse antes de presentar la declaración.
Preguntas frecuentes sobre los hallazgos en una auditoría DIAN de renta de personas naturales
Antes de cerrar la revisión, conviene resolver algunas dudas frecuentes sobre los hallazgos que puede detectar la DIAN en una auditoría a la declaración de renta de personas naturales. Estas respuestas ayudan a identificar cuándo una diferencia financiera, patrimonial o tributaria puede convertirse en un riesgo y qué debería verificar el contador antes de una fiscalización.
¿Si la información exógena muestra un ingreso debo declararlo obligatoriamente?
No de forma automática. Primero debe comprobarse la realidad económica. Si el dato reportado por un tercero es incorrecto, conviene solicitarle la corrección y conservar la evidencia que permita explicar la diferencia.
¿Toda consignación bancaria puede ser tratada por la DIAN como ingreso?
Una consignación es un dato que debe poder explicarse, pero su tratamiento depende del origen real de los recursos. Puede corresponder a un ingreso, un préstamo, un traslado entre cuentas, la venta de un activo, un reembolso u otra operación.
¿Superar el indicador del 60 % significa que los costos serán rechazados?
No automáticamente. El indicador establecido en el artículo 336-1 ET no sustituye el análisis de procedencia de los costos. Si los costos superan el porcentaje, cobra especial relevancia contar con soportes suficientes y cumplir las obligaciones informativas correspondientes.
¿Puedo aplicar la deducción por dependientes solamente porque el dependiente aparece en la declaración anterior?
No. El contador debería verificar para cada período que continúan cumpliéndose las condiciones aplicables y que existen los documentos necesarios para soportar el beneficio.
¿Qué ocurre si olvidé declarar un activo?
Debe analizarse el origen de la omisión, el período en que surgió, la firmeza de las declaraciones involucradas y las reglas aplicables a activos omitidos. No conviene limitarse a incorporar el activo en un período posterior sin estudiar el efecto tributario.
¿Cómo puede detectar la DIAN un incremento patrimonial?
Puede contrastar el patrimonio declarado en distintos períodos y compararlo con información financiera, inmobiliaria, societaria y demás datos disponibles. Por eso, el contador debería preparar una conciliación de la variación patrimonial antes de presentar renta.
¿La declaración sugerida contiene toda la información que necesita la persona natural?
No necesariamente. La información sugerida debe verificarse y complementarse con la realidad económica, los soportes y los beneficios tributarios que no estén precargados o que requieran validación adicional.
Sigue preparando la declaración de renta de tus clientes
La auditoría preventiva funciona mejor cuando se conecta con todo el proceso de preparación de renta: identificar obligaciones, clasificar ingresos, conciliar la información exógena, revisar beneficios, reconstruir el patrimonio y saber cómo actuar si la DIAN inicia una fiscalización.
Fuentes oficiales
- Estatuto Tributario Nacional: artículos 26, 206, 236, 239-1, 336, 336-1, 387, 632, 647 y 648, entre otros aplicables.
- DIAN — Micrositio Declaración de Renta Personas Naturales AG 2025.
- DIAN — Consulta de información exógena AG 2025.
- DIAN — Formulario 210 e instructivo 2026.
- Ley 2277 de 2022: modificaciones aplicables a la tributación de personas naturales.
¿Contabilidad Siempre Al Día?