DIAN ajustó formatos y amplió plazos de exógena AG 2025 según la Resolución 000021 de 2026
La Resolución 000021 del 17 de julio de 2026 oficializó la ampliación de plazos de la exógena AG 2025 en 13 formatos afectados por la publicación incompleta de la Resolución 000012 de 2026. Estos son los nuevos vencimientos y qué revisar antes de cerrar con tus clientes.
Escrito por:
Dana Becerra
Equipo Siempre Al Día
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ToggleLa Resolución 000021 del 17 de julio de 2026 oficializó la ampliación y ajuste de plazos de información exógena AG 2025 y precisó qué reportar en 13 formatos afectados por la publicación incompleta de la Resolución 000012 de 2026. Estos son los nuevos vencimientos y qué debes revisar antes de cerrar el proceso con tus clientes.
⚠️ Alerta de vencimiento — 31 de julio de 2026: Si alguno de tus clientes obligados intentó presentar el formato 2820 sin el Instrumento de Firma Electrónica de la DIAN o no pudo hacerlo por fallas técnicas señaladas en el considerando 5 de la Resolución 000021 de 2026, el plazo máximo para cumplir fue 31 de julio. Los demás obligados a presentar el 2820 tienen plazo hasta el 31 de agosto de 2026.
Lo que debes saber en 30 segundos:
- ¿Qué formatos amplían plazo? Trece formatos: 2820, 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834, 2835, 2839 y 2840.
- ¿Cuáles son las nuevas fechas? 31 de julio de 2026 para el 2820 con falla técnica; 31 de agosto para los 12 formatos restantes.
- ¿Por qué se ampliaron los plazos? Porque la Resolución 000012 de 2026 fue publicada sin sus anexos técnicos, impidiendo el reporte correcto.
¿Qué motivó la Resolución 000021 de 2026 para el ajuste de plazos de información exógena?
El antecedente directo es la Resolución 000012 de abril 29 de 2026, que modificó los anexos y especificaciones técnicas de los formatos 2820, 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834 y 2835, pero fue publicada sin incluir los anexos correspondientes. Sin esos anexos, los obligados no podían generar los archivos en debida forma.
Con base en el principio de eficacia del artículo 209 de la Constitución Política y del numeral 11 del artículo 3° de la Ley 1437 de 2011, la DIAN removió los obstáculos formales y otorgó plazos extraordinarios para cumplir con el reporte.
¿Qué son los formatos 2839 y 2840?
Estos dos formatos son los de creación más reciente en la exógena AG 2025 y concentran gran parte de las inconsistencias técnicas que motivaron la ampliación de plazos:
| Formato | Contenido |
| 2839 | Información de pagos o abonos en cuenta de los proyectos de utilidad común certificados por APC-Colombia. |
| 2840 | Formato complementario con especificaciones técnicas relacionadas con el 2839. |
Las inconsistencias detectadas en estos dos formatos afectaban la forma en que los obligados debían diligenciar los campos, lo que generaba errores al validarlos en el prevalidador de la DIAN.
¿Cuáles son los nuevos plazos extraordinarios definidos por la Resolución 000021 de 2026?
El artículo 9 de la Resolución 000021 de 2026 amplía el plazo previsto en el artículo 1.3.9.1.3. de la Resolución Única 000227 de 2025 para los siguientes formatos del año gravable 2025:
| Formato | Nuevo plazo máximo | Obligados |
| 2820 | 31 de julio de 2026 | Quienes presentaron sin el Instrumento de Firma Electrónica DIAN o no pudieron por fallas técnicas del considerando 5. |
| 2820 | 31 de agosto de 2026 | Los demás obligados. |
| 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834 y 2835 | 31 de agosto de 2026 | Todos los obligados. |
| 2839 V1 y 2840 V1 | 31 de agosto de 2026 | Todos los obligados. |
Tip Alegra: Los formatos no listados en la Resolución 000021 de 2026 mantienen los vencimientos ordinarios de la Resolución 000227 de 2025. Antes de reprogramar la agenda de tu firma, cruza la lista contra los NIT que ya reportaste.
¿Qué aclaraciones adicionales trae la Resolución 000021 de 2026?
El texto precisa qué debe reportarse en los formatos 2834, 2835 y 2839 y su interacción con los formatos 1001, 1014, 1056, 1159, 5247 y 2276 en lo relacionado con:
- La correcta identificación de los pagos o abonos en cuenta.
- El tratamiento de las retenciones practicadas y su cruce entre formatos complementarios.
Consulta sobre este tema en nuestro artículo: Errores en la información exógena reportada por terceros: ¿Qué hacer?
¿Qué pasa si ya presentaste alguno de estos formatos?
Si ya enviaste alguno de los 13 formatos con las especificaciones técnicas previas o detectaste inconsistencias tras el reporte, la Resolución 000021 de 2026 te da tiempo para presentar la corrección dentro del nuevo plazo, siempre que respetes las condiciones del artículo 9 y utilices los anexos técnicos actualizados.
Para dimensionar el impacto sancionatorio si no alcanzas el nuevo plazo o si necesitas corregir información, revisa estos artículos del portal:
- Sanción por extemporaneidad en información exógena
- Sanción por corrección en información exógena
- Sanción por no presentar información exógena en 2026
Te puede interesar nuestro artículo: Fechas de información exógena 2025: ¿Cómo prepararte para asesorar a tus clientes sobre sus vencimientos?
¿Cómo organizarte para los nuevos plazos de exógena con Alegra?
Si gestionás varios clientes con obligación de reportar información exógena, el reto no es solo técnico sino operativo: consolidar grandes volúmenes de datos, validar cifras contra los registros contables y generar los archivos en el formato correcto antes del nuevo vencimiento del 31 de agosto de 2026.
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Preguntas frecuentes sobre el ajuste de plazos de exógena AG 2025
En esta sección resolvemos las dudas más frecuentes sobre la Resolución 000021 de 2026 y los nuevos plazos de la información exógena AG 2025:
¿La Resolución 000021 de 2026 ya está vigente?
Sí. La resolución fue expedida el 17 de julio de 2026 y modificó de forma oficial la Resolución Única 000227 de 2025, con lo cual los nuevos plazos son de obligatorio cumplimiento.
¿Qué hago si ya presenté uno de los 13 formatos y hay inconsistencias?
Aprovecha el nuevo plazo del 31 de julio o 31 de agosto de 2026 —según el caso— para presentar la corrección con los anexos técnicos actualizados. Si el nuevo plazo también vence sin corregir, aplica la sanción por corrección en información exógena.
¿Por qué la DIAN amplió plazos si la Resolución 000012 ya estaba publicada?
Porque la Resolución 000012 de 2026 fue expedida sin los anexos técnicos que los obligados necesitan para diligenciar correctamente los formatos, situación que impedía cumplir a cabalidad con el reporte.
¿Qué formatos no están incluidos en la Resolución 000021 de 2026?
Los formatos no listados en el artículo 9 mantienen los plazos ordinarios establecidos en la Resolución Única 000227 de 2025. Si tu cliente tiene obligación en esos formatos, los vencimientos originales siguen vigentes.
Fuentes
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (2026). Resolución 000021 de julio 17 de 2026 — Ampliación de plazos exógena AG 2025.
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (2026). Resolución 000012 de abril 29 de 2026 — Modificación de anexos técnicos de exógena AG 2025.
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (2025). Resolución Única 000227 de septiembre 23 de 2025 — Información exógena AG 2025.
- Congreso de la República de Colombia. (2011). Ley 1437 de enero 18 de 2011 — Código de Procedimiento Administrativo, artículo 3° numeral 11.
Cuéntanos en los comentarios si ya reprogramaste el calendario de exógena de tus clientes con los nuevos plazos de la Resolución 000021 de 2026 y qué formatos te están dando más dolores de cabeza. No olvides que en la sección de impuestos de Siempre Al Día encontrarás más contenido actualizado sobre exógena, sanciones y plazos tributarios.
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