Calculadora de horas extra y recargos en Colombia 2026
Liquide las horas extra y los recargos de cualquier empleado en menos de un minuto. Ingrese el salario, seleccione el periodo y obtenga el valor exacto por tipo de hora según los artículos 158 a 168 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 2101 de 2021 y la Ley 2466 de 2025 — con desglose detallado y reporte en PDF.
Actualizada: mayo 2026 · Base legal: Código Sustantivo del Trabajo · SMMLV 2026: $1.750.905 · Elaborada por Siempre Al Día
⏱ Liquidador 2026
Calculadora de horas extra y recargos 2026
Ingrese el salario, seleccione el período y registre las horas. La herramienta aplica los porcentajes correctos según la Ley 2466 de 2025 y la reducción de jornada.
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Horas trabajadas
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Sus datos
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Resultado
Salario mensual del trabajador/a
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¿Qué valor ingreso?
El salario básico mensual más comisiones y bonificaciones habituales que constituyen salario. No incluya el auxilio de transporte.
El salario mínimo 2026 es $1.750.905.
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No incluya el auxilio de transporte ($249.095).
Período de liquidación
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¿Por qué importa el período?
En 2026 hay tres períodos distintos con diferente valor de hora ordinaria y diferente recargo dominical:
• Ene–Jun: Jornada 44h/sem → hora ordinaria $7.959
• Jul 1–14: Jornada 44h/sem, recargo dom sube a 90%
• Jul 15–Dic: Jornada 42h/sem → hora ordinaria $8.338
Esto es un cambio de la Ley 2466/2025 y la Ley 2101/2021.
+ Horas extra (trabajo realizado fuera de la jornada ordinaria)
Horas extra diurnas ?
Hora extra diurna
Horas adicionales a la jornada ordinaria trabajadas entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m.
Recargo: +25% sobre la hora ordinaria (Art. 168 CST).
Ejemplo: si termina jornada a las 5 p.m. y trabaja hasta las 7 p.m., son 2 horas extra diurnas.
6 a.m.–7 p.m. | +25% sobre hora ordinaria
Horas extra nocturnas ?
Hora extra nocturna
Horas adicionales a la jornada ordinaria trabajadas entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m.
Recargo: +75% sobre la hora ordinaria (Art. 168 CST).
Es la hora extra más costosa en día hábil.
7 p.m.–6 a.m. | +75% sobre hora ordinaria
H. extra diurna dom./festivo ?
Hora extra diurna en domingo o festivo
Horas adicionales a la jornada semanal trabajadas en domingo o festivo entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m.
Recargo: extra diurna (25%) + dominical (80% o 90%) según el período.
Ene–Jun 2026: factor ×2,05 | Jul 2026: factor ×2,15.
6 a.m.–7 p.m. en dom/fest. | +105% o +115%
H. extra nocturna dom./festivo ?
Hora extra nocturna en domingo o festivo
Horas adicionales a la jornada semanal trabajadas en domingo o festivo entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m.
El recargo más alto de todos. Combina: extra nocturna (75%) + dominical (80% o 90%).
Ene–Jun 2026: factor ×2,55 | Jul 2026: factor ×2,65.
7 p.m.–6 a.m. en dom/fest. | +155% o +165%
☾ Recargos ordinarios (trabajo dentro de la jornada, en horario o días especiales)
Recargo nocturno L–S ?
Recargo nocturno (lunes a sábado)
Horas de la jornada ordinaria trabajadas entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m., de lunes a sábado.
Recargo: +35% sobre la hora ordinaria (Art. 168 CST).
No es hora extra: el trabajador está dentro de su jornada pactada, pero en horario nocturno.
Dentro de jornada | +35%
Recargo dom./festivo diurno ?
Recargo dominical o festivo (diurno)
Horas de la jornada ordinaria trabajadas en domingo o festivo entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m.
Recargo: +80% (ene–jun 2026) o +90% (jul–dic 2026).
La Ley 2466 de 2025 incrementa este recargo progresivamente hasta llegar al 100% en 2027.
Dom/fest diurno | +80% o +90%
Recargo nocturno dom./festivo ?
Recargo nocturno dominical o festivo
Horas de la jornada ordinaria en domingo o festivo entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m.
Es la suma del recargo nocturno (35%) más el recargo dominical.
Ene–Jun 2026: 35%+80% = 115% | Jul–Dic 2026: 35%+90% = 125%.
Dom/fest nocturno | +115% o +125%
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Valor hora ordinaria
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Salario base
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Período
Tipo de hora / recargo
Factor
Horas
Valor/hora
Total
Total adicional a pagar este mes
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Límite legal: máximo 2 horas extra por día y 12 por semana (Art. 167-A CST). Las horas extra constituyen salario y entran en la base de prestaciones sociales.
Todos los porcentajes, las fórmulas y los cambios de la Reforma Laboral (Ley 2466/2025) explicados paso a paso.
¿Liquida las horas extra de varios empleados manualmente cada mes?
Con Alegra Nómina los recargos se calculan automáticamente por trabajador, según la jornada pactada y los porcentajes vigentes. Sin errores, sin reprocesos.
Preguntas frecuentes sobre horas extra y recargos en Colombia 2026
Con el SMMLV 2026 ($1.750.905) la hora extra diurna vale $9.948 entre enero y el 14 de julio (jornada de 44 h/sem, factor ×1,25 sobre la hora ordinaria de $7.959). A partir del 15 de julio, con la jornada de 42 h/sem y hora ordinaria de $8.338, el valor sube a $10.422. Si el salario del trabajador es diferente al mínimo, use la calculadora de arriba para obtener el valor exacto.
La hora extra es trabajo realizado fuera de la jornada ordinaria pactada, por encima de las horas diarias o semanales acordadas. El recargo nocturno es el pago adicional por trabajar dentro de la jornada ordinaria en horario nocturno (7 p.m. – 6 a.m.). Un empleado puede tener recargo nocturno sin que esas horas sean extra: si su jornada ordinaria corre de 2 p.m. a 10 p.m., las horas de 7 p.m. a 10 p.m. tienen recargo nocturno del 35 %, pero no son hora extra.
El recargo dominical y festivo sube del 80 % al 90 % a partir del 1 de julio de 2026 (Ley 2466 de 2025). Este incremento aplica tanto para recargos ordinarios (jornada dentro de lo pactado) como para horas extra en domingo o festivo. La jornada semanal, sin embargo, solo baja de 44 a 42 horas hasta el 15 de julio; entre el 1 y el 14 de julio la jornada sigue siendo 44 horas pero el recargo dominical ya es del 90 %.
La fórmula es: salario mensual ÷ horas mensuales. Las horas mensuales se obtienen con: (horas semanales ÷ 6 días) × 30 días. Para la jornada de 44 h: (44 ÷ 6) × 30 = 220 horas/mes → $1.750.905 ÷ 220 = $7.959. Para la jornada de 42 h (desde el 15 de julio 2026): (42 ÷ 6) × 30 = 210 horas/mes → $1.750.905 ÷ 210 = $8.338. Para salarios superiores al mínimo, divida el salario mensual entre el número de horas que corresponda.
Según el artículo 167-A del CST, ningún trabajador puede laborar más de 2 horas extra por día ni más de 12 horas extra por semana. Si el empleador y el trabajador acuerdan ampliar la jornada diaria a 10 horas, ese día no se pueden hacer horas extra. Superar estos límites expone al empleador a sanciones del Ministerio del Trabajo.
Sí. Según el artículo 127 del CST, las horas extra y los recargos constituyen salario y forman parte de la base para calcular prima de servicios, cesantías, intereses sobre cesantías y vacaciones. Para empleados con horas extra variables se promedia el semestre al momento de liquidar las prestaciones. Los recargos dominicales habituales (3 o más domingos al mes) también entran en la base desde la Ley 2466 de 2025.
El trabajador puede presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo, que puede imponer multas al empleador. Si el contrato termina con horas extra pendientes, aplica la indemnización moratoria del artículo 65 del CST: un día de salario por cada día de mora durante los primeros 24 meses. Pasado ese plazo, se convierte en intereses moratorios. El trabajador también puede acudir al juez laboral para reclamar el retroactivo.
Depende de cómo esté pactada la jornada. Si el domingo no hace parte de la jornada ordinaria del trabajador y lo trabaja, las horas se pagan como horas extra dominicales (factor ×2,05 en primer semestre 2026 / ×2,15 desde julio). Si el domingo sí hace parte de su jornada habitual y trabaja dentro de ese horario ordinario, las horas tienen recargo dominical (×1,80 en primer semestre / ×1,90 desde julio). Si en el domingo trabaja más horas de las de su jornada pactada, las adicionales son horas extra dominicales.
¿Cómo se calculan las horas extra y los recargos en Colombia?
El cálculo parte del valor de la hora ordinaria y luego aplica el factor de recargo según el tipo de hora. La calculadora lo hace automáticamente, pero conviene dominar la fórmula para revisar cualquier liquidación.
Fórmula oficial
🕐 Valor de la hora ordinaria
Salario mensual ÷ horas mensuales = hora ordinaria
Horas mensuales = (horas semanales ÷ 6 días) × 30 días
💵 Valor de la hora con recargo
Hora ordinaria × factor del tipo de hora = valor por hora
Valor por hora × número de horas = total a pagar
Ejemplo práctico
Empleado con salario mínimo ($1.750.905), jornada de 44 horas y 5 horas extra diurnas en abril de 2026:
Horas mensuales: (44 ÷ 6) × 30 = 220 horas/mes
Hora ordinaria: $1.750.905 ÷ 220 = $7.959
Hora extra diurna: $7.959 × 1,25 = $9.948
Total: $9.948 × 5 = $49.741
📌
¿Por qué cambia la hora ordinaria a mitad de año? La jornada semanal baja de 44 a 42 horas el 15 de julio de 2026 (Ley 2101 de 2021). Con 42 horas, las horas mensuales pasan a 210 y la hora ordinaria del mínimo sube a $8.338.
¿Qué porcentajes de horas extra y recargos aplican en 2026?
Estos son los factores que multiplican la hora ordinaria. El único que cambia a mitad de año es el recargo dominical y festivo, que pasa del 80% al 90% el 1 de julio por la Ley 2466 de 2025.
Concepto
Horario
Hasta jun 30
Desde jul 1
Hora extra diurna
6 a.m.–7 p.m.
×1,25
×1,25
Hora extra nocturna
7 p.m.–6 a.m.
×1,75
×1,75
Recargo nocturno (L–S)
7 p.m.–6 a.m.
×1,35
×1,35
Recargo dominical/festivo diurno
dom/fest 6 a.m.–7 p.m.
×1,80
×1,90
Recargo dominical/festivo nocturno
dom/fest 7 p.m.–6 a.m.
×2,15
×2,25
H. extra diurna dominical/festiva
dom/fest 6 a.m.–7 p.m.
×2,05
×2,15
H. extra nocturna dominical/festiva
dom/fest 7 p.m.–6 a.m.
×2,55
×2,65
⚠️
Error frecuente: aplicar el recargo dominical del 80% en julio. Entre el 1 y el 14 de julio de 2026 la jornada sigue siendo de 44 horas, pero el recargo dominical ya es del 90%. Son dos cambios con fechas distintas.
Los tres periodos de liquidación de 2026
La combinación del cambio de jornada y del recargo dominical divide el año en tres tramos. Seleccione el correcto en la calculadora antes de registrar las horas.
¿En qué se diferencian una hora extra y un recargo?
Son dos conceptos distintos con factores diferentes. La clave está en si el trabajo se realiza dentro o fuera de la jornada pactada.
✅ Hora extra
Trabajo fuera de la jornada ordinaria
Por encima de las horas diarias o semanales pactadas
Diurna +25% · Nocturna +75% (Art. 168 CST)
☾ Recargo
Trabajo dentro de la jornada ordinaria
En horario nocturno o en domingo/festivo
Nocturno +35% · Dominical +80% o +90%
Un trabajador puede tener recargo nocturno sin que esas horas sean extra: si su jornada ordinaria va de 2 p.m. a 10 p.m., las horas de 7 p.m. a 10 p.m. tienen recargo nocturno del 35%, pero no son hora extra.
¿Qué incluye el salario base para liquidar horas extra?
El valor de la hora ordinaria se calcula sobre el salario que constituye salario según el artículo 127 del CST. No todo lo que recibe el trabajador entra en la base.
✅ SÍ entran
Salario básico mensual
Comisiones habituales
Bonificaciones que constituyen salario
❌ NO entran
Auxilio de transporte
Pagos no constitutivos de salario pactados
Viáticos ocasionales y gastos de representación
💡
Tip Alegra: las horas extra y los recargos constituyen salario y entran en la base de prima de servicios, cesantías, intereses y vacaciones. Cuando son variables, se promedia el semestre al liquidar las prestaciones. Con Alegra Nómina el promedio se calcula automáticamente.
¿Cuál es el límite legal de horas extra en Colombia?
El artículo 167-A del Código Sustantivo del Trabajo fija el tope máximo de trabajo suplementario.
Límite
Tope legal
Base legal
Horas extra por día
Máximo 2 horas
Art. 167-A CST
Horas extra por semana
Máximo 12 horas
Art. 167-A CST
Superar estos topes expone al empleador a sanciones del Ministerio del Trabajo. Por eso la calculadora avisa cuando el total de horas extra ingresadas supera el límite semanal.
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Si el empleador no paga las horas extra y el contrato termina, aplica la indemnización moratoria del artículo 65 del CST: un día de salario por cada día de mora durante los primeros 24 meses.
¿Gestiona la nómina de varios clientes a la vez?
Con Alegra Nómina el cálculo de horas extra, recargos, prima, cesantías y aportes a seguridad social es automático según la jornada pactada y los porcentajes vigentes. Sin factores manuales, sin reprocesos.