¿Qué consecuencias trae para 2026 la declaración de la emergencia económica y social?

El Gobierno nacional  emitió el Decreto 1390 de diciembre 22 de 2025 con el cual se declara el Estado de emergencia económica y social en Colombia. En este artículo te contamos las principales consecuencias para 2026 y por qué se generó esta medida. 

Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín

Equipo Siempre Al Día

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Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 31 Dic 2025

6 min de lectura

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Declaración de la emergencia económica y social 2026

Aunque el Presupuesto General de la Nación para 2026 fue aprobado por 546,9 billones, quedó desfinanciado en 16,3 billones por el hundimiento de la Ley de Financiamiento. 

La declaración de la emergencia económica y social con la emisión del Decreto 1390 de diciembre 22 de 2025 busca evitar el incumplimiento de obligaciones en salud, seguridad y sentencias judiciales. Aquí te contamos en qué consiste esta medida y qué consecuencias trae.

¿Qué consecuencias trae la declaración de emergencia económica y social en el marco jurídico de los estados de excepción?

La primera consecuencia es la transferencia temporal de facultades legislativas al Presidente de la República de Colombia, quien, con la firma de todos sus ministros, puede crear nuevos tributos o modificar los existentes de manera inmediata.

Este régimen de excepción, por lo general, está limitado a períodos de hasta treinta días, que sumados no podrán exceder noventa días en el año calendario. No obstante, los efectos de las medidas adoptadas, especialmente en materia de impuestos, suelen extenderse hasta el término de la siguiente vigencia fiscal, lo que nos dicta que estas medidas estarían vigentes para 2026.

Desde una perspectiva constitucional, el Decreto 1390 de diciembre 22 de 2025 debe superar el examen de la Corte Constitucional, la cual verificará el cumplimiento de los presupuestos fáctico, valorativo y de necesidad. 

El presupuesto fáctico exige que la declaratoria se base en hechos sobrevinientes que perturben el orden económico o social de forma grave e inminente. En este caso, el Gobierno ha identificado diferentes causas críticas que incluyen desde el agotamiento de la regla fiscal hasta la necesidad de financiar la seguridad pública y el sistema de salud.

En cuanto al presupuesto valorativo, se ha identificado una amenaza al pago de la deuda pública y a los servicios esenciales que hay que cubrir para proteger a la población vulnerable. Y por último, se justifica el presupuesto de necesidad o insuficiencia mencionando que los mecanismos ordinarios como la emisión de leyes (como el proyecto de Ley de financiamiento 2025) fueron agotados o negados.

¿Cuáles son las causas fiscales directas que justifican el hueco de aproximadamente 16,3 billones de pesos?

La consecuencia más inmediata de la crisis es la incapacidad del Estado para financiar el Presupuesto General de la Nación de 2026, el cual fue aprobado por el Congreso sin contar con los ingresos que debía aportar la fallida Ley de financiamiento 2025.

Esta incoherencia estructural se traduce en una brecha financiera que el Gobierno busca cerrar mediante decretos legislativos. Las causas se dividen en presiones de gasto inflexible y caídas imprevistas en la liquidez de la Tesorería General de la Nación.

Consulta todo el contenido del decreto, a continuación.

¿Cuáles son los cambios tributarios generados por el decreto de emergencia económica y social?

Los cambios tributarios ya quedaron en firme a través del Decreto 1474 de diciembre 29 de 2025, pero aún quedan sujetos a revisión por parte de la Corte Constitucional, lo que genera un alto grado de incertidumbre.

Estos cambios buscan recaudar aproximadamente 16,3 billones de pesos mediante un paquete de medidas extraordinarias destinadas a cubrir el déficit fiscal de 2026. 

Entre las modificaciones principales que quedaron incluidas en el Decreto 1474 de diciembre 29 de 2025 se encuentra revivir para 2026 el impuesto complementario de normalización tributaria (con una tarifa del 19 %), incrementar el impuesto de renta para el sector financiero, crear un IVA del 19 % para los juegos de azar en línea, realizar ajustes al impuesto al consumo de licores, vinos y tabaco, entre otros.

Explora todos los detalles de estos cambios fiscales en nuestro artículo: ¿Cuáles son los cambios tributarios que trajo la declaratoria del Estado de Emergencia Económica 2026? Emiten el Decreto 1474 de 2025.

¿Cómo deben prepararse los contadores para el cierre fiscal 2025 ante la emergencia?

La consecuencia más crítica para el contador público es la necesidad de una depuración contable exhaustiva antes de finalizar el año 2025. El cierre fiscal de este año será la base para la determinación de los nuevos impuestos de emergencia en 2026.

Anticipar y asegurar el cierre implica reconocer que la contabilidad y la tributación son ahora un sistema único de defensa ante la fiscalización.

Además, la comunidad contable debe asesorar a sus clientes en el mapeo de la estructura accionaria y la identificación de vinculados, ya que el impuesto al patrimonio corporativo exigirá una transparencia total sobre la propiedad de los activos.

También se deben tener en cuenta las nuevas condiciones y tarifas frente al GMF, IVA, INC y el impuesto especial para la estabilidad fiscal.  

Asimismo, es fundamental documentar adecuadamente los soportes de pagos y transacciones y realizar una adecuada conciliación bancaria y fiscal para evitar que la Dian rechace deducciones en un año donde el recaudo será la prioridad estatal.

¿Cuál es el papel de la Corte Constitucional y el riesgo de inexequibilidad?

Una consecuencia a menudo ignorada de la emergencia económica es la incertidumbre jurídica que genera. Todos los decretos legislativos expedidos bajo el Decreto 1390 de diciembre 22 de 2025 están sujetos a una revisión de oficio por parte de la Corte Constitucional.

Si el alto tribunal determina que no existía como prever esta situación o que el Gobierno pudo usar mecanismos ordinarios, podría declarar la inexequibilidad de los nuevos impuestos.

Por ahora, la Corte Constitucional solo ha mencionado que abordará la evaluación de este decreto cuando reanuden actividades en enero de 2026.

¡Explora el comunicado de prensa emitido!

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Fuentes oficiales

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

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