Auxilio de transporte: Qué es, quiénes tienen derecho y cómo se liquida
¿Se paga auxilio de transporte en períodos de vacaciones?, ¿las horas extras y recargos se tienen en cuenta en la base para determinar si los trabajadores tienen derecho al auxilio? Descubre la respuestas a diferentes preguntas clave sobre el auxilio de transporte en este artículo y conoce toda la normativa relacionada.
Escrito por:
Diana Milena Cadavid Marín
Equipo Siempre Al Día
Contenido revisado por:
Equipo Alegra
Resume esta entrada del blog con:
Índice
Toggle¿Qué es el auxilio de transporte? Su naturaleza es no salarial, es un valor o subsidio que percibe cada trabajador en Colombia con el objetivo de compensar una parte de los gastos en los que incurre al desplazarse desde el hogar al lugar de trabajo y viceversa. Para 2026 quedó fijado en $249.095.
En este artículo te contamos todo con relación a este concepto y cómo influye en la liquidación de nómina considerando lo expuesto en la Ley 15 de abril 30 de 1959, los decretos 1258 de abril 30 de 1959 y 1573 de diciembre 24 de 2024 y otra normativa relacionada.

¿Cómo quedó el auxilio de transporte para el 2026?
El auxilio de transporte para 2026 quedó definido en $249.095 con el Decreto 1470 de diciembre 29 de 2025. Este valor representa un incremento del 24,5 % con relación al valor vigente en 2025 que fue de $200.000.
¿Quiénes tienen derecho al auxilio de transporte en 2026?
No todos los trabajadores tienen derecho a este beneficio. Para ser elegible, un empleado debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tope salarial: devengar hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv). Para 2026 el tope salarial para recibir el auxilio es hasta $3.501.810.
- Tipo de contrato: tener un contrato laboral formal. Los contratistas por prestación de servicios no tienen derecho a este auxilio.
- Necesidad del gasto: el trabajador debe necesitar transportarse para justificar el pago del auxilio de transporte, por lo que en los siguientes casos no aplicaría el pago:
- Cuenta con transporte por medio de la empresa o empleador/a.
- Reside lo suficientemente cerca del lugar donde labora y, por tanto, no necesita pagar por un servicio de transporte (en caso de teletrabajo se liquida otro concepto denominado auxilio de conectividad).
- Vive en el sitio en el que labora (por ejemplo, empleados del servicio doméstico u oficios varios).
- Está en incapacidad o en vacaciones.
¿Cómo se determina la base para tener derecho al auxilio de transporte?
Un punto crítico que a menudo genera confusión es el término «devengar» incluido en el Decreto 1573 de diciembre 24 de 2024. La normativa se refiere al salario básico pactado para la jornada ordinaria.
Esto significa que los pagos adicionales por trabajo suplementario, como horas extras, no se suman para determinar si un trabajador supera o no el tope de los 2 smmlv para obtener en beneficio del auxilio de transporte (ver el Concepto de MinTrabajo 08SI2017726600100000961 de 2019).
Existe la duda de si los recargos al hacer parte de la jornada ordinaria se tienen en cuenta en la base para determinar el tope de los 2 smmlv (ya que es un caso diferente al de las horas extra que exceden la jornada pactada), para algunos expertos sí se tienen en cuenta por ser parte de la jornada ordinario, para otros no, por la aplicación del principio de favorabilidad para el empleado.
En nuestro criterio, debido a la duda que se genera en específico sobre este tema, es mejor no tenerlos en cuenta para no desfavorecer al empleado, conforme a lo expuesto en el artículo 21 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).
¿Cómo y cuándo se liquida?
La regla para liquidar el auxilio de transporte es la proporcionalidad. No es una suma fija mensual, se paga únicamente por los días en que el trabajador efectivamente presta sus servicios y, por lo tanto, necesita transportarse.
La fórmula para su cálculo es: auxilio de transporte =(valor mensual del auxilio/30 días)× días laborados en el mes. Para 2026, el valor diario de referencia es de $8.30,17 ($249.095/30).
Explora más información sobre liquidación de nómina en nuestro artículo: Salario mínimo en Colombia: una visión detallada y práctica y nuestro liquidador de nómina: costo o gasto asumido al contratar un trabajador con salario mínimo en 2026.
¿Se reconoce cuando hay novedades de nómina?
Dado que su propósito es cubrir un gasto real, el auxilio de transporte no se paga cuando el trabajador no se desplaza al trabajo.
- Incapacidades y licencias: durante estos períodos, el trabajador no asiste a la empresa, por lo que no se causa el derecho al auxilio. Se deben descontar los días de ausencia para el cálculo proporcional.
- Vacaciones: el auxilio no se paga durante las vacaciones ni se incluye en la base para liquidarlas, pues el empleado no está prestando servicios en este tiempo.
- Contratos a tiempo parcial: Para quienes trabajan por días, el auxilio se paga de forma proporcional a los días laborados en el mes, sin importar si la jornada de esos días fue completa o de medio tiempo.
¿El auxilio de transporte reemplaza el auxilio de conectividad?
Sí, son mutuamente excluyentes. El auxilio de conectividad digital es el sustituto del auxilio de transporte para aquellos trabajadores que laboran desde casa y cumplen los mismos requisitos de salario.
Para 2026, su valor también es de $249.095 mensuales. A nivel contable y para efectos de liquidación de prestaciones, se le debe dar un tratamiento idéntico al del auxilio de transporte, es base para prima de servicios y cesantías, pero no para lo demás.
Te podría interesar nuestro artículo: Auxilio de conectividad y la reforma laboral 2466 de 2025.
¿Es base para el cálculo de las prestaciones sociales?
Aquí surge una de las mayores fuentes de confusión. Aunque el auxilio de transporte no es salario, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1 de febrero 1 de 1963, se considera incorporado al salario para liquidar las prestaciones sociales.
Es obligatorio sumar el valor del auxilio de transporte al salario base del trabajador para calcular tanto la prima de servicios como las cesantías y sus respectivos intereses.
¿Es base para el cálculo de la seguridad social?
No. El auxilio de transporte se excluye por completo del ingreso base de cotización (IBC) para los aportes al sistema de seguridad social (salud, pensión y ARL) y para los aportes parafiscales (Sena, ICBF y cajas de compensación), ya que estos se calculan solamente sobre los pagos que constituyen salario.
¿El auxilio de transporte se incluye para el cálculo de las horas extras y recargos nocturnos?
No. El trabajo suplementario (horas extras y recargos) se liquida como un porcentaje sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo, que se deriva exclusivamente del salario. Incluir el auxilio en esta base de cálculo es incorrecto.
¿Cómo gestionar el auxilio de transporte en la nómina de forma eficiente?
La gestión manual de la nómina, con sus múltiples reglas, excepciones y ficciones legales, es un campo minado para el error. Un cálculo incorrecto del auxilio de transporte puede derivar en liquidaciones equivocadas de la prima de servicios y cesantías, generando riesgos de sanciones por parte de la UGPP.
Aquí es donde un aliado tecnológico se vuelve indispensable. Alegra Nómina está diseñado para resolver estas complejidades:
- Cálculos automáticos y precisos: el sistema automatiza la liquidación de todos los conceptos, aplicando correctamente el auxilio de transporte en la base de la prima y las cesantías y excluyéndolo donde corresponde.
- Cumplimiento normativo: la plataforma se actualiza con los valores y normativas vigentes, como los decretos anuales de salario mínimo y auxilio de transporte, asegurando que la empresa siempre cumpla con lo requerido.
- Gestión eficiente de novedades: ingresa incapacidades, vacaciones o licencias con un clic, y deja que el sistema realice los cálculos proporcionales de forma automática, ahorrando tiempo y eliminando errores.
- Inteligencia artificial para contadores: Alegra Nómina va más allá, generando reportes inteligentes que te permiten analizar costos de personal y optimizar la gestión financiera, además de crear empleados desde la lectura de documentos en PDF como los contratos. Ingresa a tu prueba gratuita por 15 días y conoce más.
Fuentes oficiales
- Congreso de la República de Colombia. (1963). Ley 1 de febrero 1 de 1963
- Congreso de la República de Colombia. (1959). Ley 15 de abril 30 de 1959
- Presidencia de la República de Colombia. (1959). Decreto 1258 de abril 30 de 1959
- Presidencia de la República de Colombia. (2024). Decreto 1573 de diciembre 24 de 2024
- Presidencia de la República de Colombia. (1990). Decreto 2663 de agosto 5 de 1990. Código Sustantivo del Trabajo (CST)
- Ministerio del Trabajo. (2019) Concepto 08SI2017726600100000961 de 2019
¿Cuéntanos cuál de los apartados de este artículo te pareció el más interesante y si ya tenías en cuenta todos estos aspectos sobre el auxilio de transporte?
Recuerda que en Siempre Al Día encuentras todos los días contenido de impuestos, finanzas, contabilidad y derecho laboral con las últimas novedades.
¿Contabilidad Siempre Al Día?