Aclaraciones sobre la firma en documentos ante trámites con la Junta Central de Contadores
Descubre las aclaraciones que emitió la Junta Central de Contadores sobre la firma en los documentos enviados a la entidad por parte de quienes realizan el trámite para acceder a la tarjeta profesional como contadores públicos. ¡Continúa leyendo y conoce todas las novedades!
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En nuestro artículo: La JCC actualizó las condiciones para el registro profesional de contadores públicos y entidades se pueden verificar las novedades y los requisitos para acceder a la tarjeta profesional como contadores públicos o entidades que presten servicios contables.
Como parte de los requisitos expuestos por la Junta Central de Contadores —JCC—, está la constancia o certificado de la experiencia en actividades de la ciencia contable.
Al parecer esta constancia está llegando a la entidad sin los requisitos de forma necesarios, con relación a esto la JCC expidió su Comunicado de prensa n°. 6 del 6 de septiembre de 2024 en el que expone que este documento debe contener la firma del representante legal y revisor fiscal o contador público de la entidad que certifica la experiencia.
Firma digital o escaneada
La JCC aclara que una firma escaneada o sobreexpuesta no es equivalente a la firma electrónica o digital, ya que las primeras son fácilmente falsificables y no se puede proporcionar seguridad sobre su veracidad.
Mientras que las electrónicas o digitales incluyen aspectos de ciberseguridad como claves criptográficas, códigos, contraseñas y datos biométricos que reflejan su autenticidad.
Siendo así, la JCC expone que al incluir documentación con firmas escaneadas o sobrepuestas, el solicitante tendrá que aportar adicionalmente los soportes correspondientes que garanticen la autenticidad del documento.
A continuación, puedes explorar el comunicado:
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