Tipos de opinión del revisor fiscal: ¿Cómo identificar cuál dictamen emitir?

¿Sabías que dependiendo de los hallazgos generados durante la auditoría de estados financieros se pueden generar diferentes tipos de opinión por parte del revisor fiscal? Explora en este artículo qué se considera una opinión, qué tipos hay y cómo identificar cuál aplica al emitir el dictamen de auditoría.

Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

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Equipo Alegra

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 19 Feb 2026

10 min de lectura

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En el ámbito de la revisoría fiscal es esencial que los contadores comprendan los distintos tipos de opinión del revisor fiscal que pueden emitirse sobre los estados financieros de una entidad. 

  • Opinión no modificada (limpia): se emite cuando, con evidencia suficiente y adecuada, el auditor concluye que los estados financieros están presentados razonablemente y no tienen incorrecciones materiales.
  • Opinión modificada: se emite cuando hay incorrecciones materiales o no se obtiene evidencia suficiente y adecuada, puede ser con salvedades, desfavorable (adversa) o abstención (denegación).

Estas opiniones reflejan el grado de confianza que el revisor fiscal tiene en la información presentada y están reguladas por las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).​ Aquí te explicamos sus diferencias, cómo identificarlas y a qué hacen referencia términos técnicos como “incorrecciones materiales” y otros.

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¿Qué es la opinión del revisor fiscal?

La opinión del revisor fiscal es el juicio profesional que se emite en el documento llamado “dictamen del revisor fiscal” donde se expone si los estados financieros de una empresa presentan de manera razonable la situación financiera, de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados en Colombia.

¿Cuáles son los tipos de opinión en un dictamen del revisor fiscal?

La opinión puede generarse en limpio (sin modificaciones) o modificada dependiendo de la situación y los hallazgos que se hayan presentado en la entidad objeto de auditoría.

¿Qué es una opinión no modificada o limpia?

La opinión no modificada, también conocida como opinión limpia o sin salvedades, se emite cuando el revisor fiscal concluye que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable. 

Esta opinión indica que no se han identificado incorrecciones materiales que afecten la presentación fiel de los estados financieros. ​

¿Qué es una opinión modificada? 

La opinión modificada se presenta en tres formas, dependiendo de las circunstancias identificadas durante la auditoría:​

  • Opinión con salvedades: se emite cuando, habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, el revisor fiscal identifica incorrecciones materiales que, aunque afectan ciertos aspectos de los estados financieros, no son generalizadas.
  • Opinión desfavorable (adversa): esta opinión se emite cuando las incorrecciones materiales son tanto significativas como generalizadas, comprometiendo la presentación fiel de los estados financieros en su conjunto. ​
  • Abstención de opinión (denegación): ocurre cuando el revisor fiscal no puede obtener evidencia suficiente y adecuada para formar una conclusión, y las posibles incorrecciones no detectadas podrían ser materiales y generalizadas (ver el Concepto 0022 de febrero 3 de 2025 del CTCP).

¿De qué depende la elección del tipo de opinión a emitir?

La elección del tipo de opinión a emitir depende de:

  • Naturaleza del hallazgo: si los estados financieros contienen incorrecciones materiales o si no se puede obtener evidencia suficiente para determinar su ausencia.
  • Generalización de los efectos de los hallazgos: se debe evaluar si las incorrecciones son limitadas a partidas específicas o si afectan a los estados financieros en su conjunto.​

¿Qué significa incorrección material y cuándo se considera generalizada?

Los términos “incorrección material” y generalización de los efectos de los hallazgos, pueden ser muy confusos o técnicos, a continuación te explicamos a qué hacen referencia de una forma sencilla.

  • Incorrección material: un error/omisión que puede influir en las decisiones de los usuarios de los estados financieros (materialidad).
  • Generalizada: cuando el efecto de la incorrección material no se limita a elementos específicos o, aun si se limita, representa una porción sustancial, o es fundamental para la comprensión de los estados financieros.

La lógica de identificar si una incorrección es material o inmaterial y si es generalizada es clave para determinar el tipo de opinión que debe emitir el revisor fiscal. 

¿Cómo identificar qué tipo de opinión emitir?

Te puedes guiar con la siguiente tabla:

Situación principalEvaluación¿Material?¿Generalizada?Tipo de opinión resultante
Hay incorrecciones identificadasSe concluye que los estados financieros contienen incorreccionesNoOpinión con salvedades
Hay incorrecciones identificadasSe concluye que los estados financieros  contienen incorreccionesOpinión adversa (desfavorable)
Falta evidencia suficiente y adecuada (limitación al alcance u otro)Posibles incorrecciones no detectadasNoOpinión con salvedades
Falta evidencia suficiente y adecuadaPosibles incorrecciones no detectadasAbstención (denegación) de opinión

¿Qué es un párrafo de énfasis y uno de otras cuestiones y en qué se diferencian de una opinión modificada?

Un párrafo de énfasis se refiere a una cuestión presentada o revelada adecuadamente en los estados financieros y que el auditor considera fundamental para que los usuarios los comprendan.

Un párrafo sobre otras cuestiones se refiere a un asunto distinto de lo presentado o revelado en los estados financieros, pero relevante para entender la auditoría, responsabilidades del auditor o el informe.

Las condiciones para incluir estos párrafos en el dictamen del revisor fiscal se encuentran en la NIA 706, por otra parte, la NIA 705 expone las condiciones cuando el revisor fiscal debe emitir una opinión modificada.

¿Qué quiere decir todo esto? Quiere decir que si como revisor fiscal encuentras puntos importantes y fundamentales a resaltar en los estados financieros, pero no vas a emitir una opinión modificada, puedes usar el párrafo de énfasis.

Por otro lado, si no se trata de algo fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros, pero es algo relevante para entender la auditoría realizada, puedes usar un párrafo sobre otras cuestiones. Si por el contrario, ves la necesidad de emitir una opinión modificada, debes seguir los lineamientos de la NIA 705.

  • NIA 705: cambia el tipo de opinión (salvedades/adversa/abstención).
  • NIA 706: añade comunicaciones adicionales (énfasis/otras cuestiones) y no implica necesariamente una modificación de la opinión.

¿Cuáles podrían ser unos ejemplos prácticos de la aplicación de los tipos de opinión?

Estos podrían ser algunos ejemplos prácticos: 

  • Detectas un error material en inventarios pero afecta solo una partida y no distorsiona el conjunto: opinión con salvedades.
  • Detectas errores materiales y generalizados, como por ejemplo, un reconocimiento de ingresos que afecta múltiples rubros: opinión adversa.
  • No obtienes evidencia suficiente porque no te permitieron acceder a la información, limitación el alcance e identificas que el posible efecto podría ser material y generalizado: abstención.
  • Verificas que los estados financieros están correctos, pero existe una incertidumbre adecuadamente revelada que es crucial para entenderlos, por ejemplo detalles de procesos con algún cliente que pueden esclarecer un rubro de la cartera (un rubro relevante): agregas un párrafo de énfasis sobre el asunto (sin cambiar opinión).

Si quieres conocer la estructura completa del dictamen del revisor fiscal y diferentes ejemplos de opinión no modificada, con salvedades, adversa o con abstención de opinión, te invitamos a descargar de forma gratuita nuestra herramienta: Modelo de diferentes tipos de dictamen del revisor fiscal.

¿Qué normativa es clave en la preparación de la opinión?

Existen unas NIA específicas que proporcionan una base clave para la elaboración del dictamen y determinar cuándo se emite cada tipo de opinión, estas normas se encuentran compiladas en el Anexo 4 del Decreto 2420 de diciembre 14 de 2015, el cual fue actualizado por los decretos 2270 de diciembre 13 de 2019 y 1899 de noviembre 8 de 2023.

NormaDetalle
NIA 700 (revisada) Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financierosEsta es la norma pilar que sirve de guía para la preparación del dictamen del revisor fiscal.
NIA 701 Comunicación de las cuestiones clave en el informe auditoría emitido por un auditor independienteAborda las cuestiones clave que debe comunicar el revisor fiscal en su informe las cuales se incluyen como un párrafo adicional al modelo expuesto por la NIA 700 (revisada). Es de obligatoria aplicación solo en entidades emisoras de valores y de interés público, por lo que para las Pymes su aplicación es voluntaria.
NIA 705 (revisada) Opinión modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independienteGenera lineamientos para cuando la opinión del revisor fiscal es modificada: opinión con salvedades, adversa o cuando hay una abstención de opinión.
NIA 706 (revisada) Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría emitido por un auditor independienteExpone la forma en la que se debe incluir un párrafo de énfasis o de otras cuestiones cuando se requieren destacar asuntos puntuales en el dictamen.
NIA 710 Información comparativa – Cifras correspondientes de períodos anteriores y estados financieros comparativosAborda la responsabilidad que tiene el revisor fiscal cuando su encargo implica la auditoría de información comparativa.
NIA 720 (revisada) Responsabilidad del auditor con respecto a otra informaciónOfrece lineamientos sobre cómo exponer otra información que pueda afectar el dictamen.

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Fuentes oficiales:

Cuéntanos en los comentarios si ya conocías los tipos de opinión que pueden emitirse al dictaminar estados o cuál fue el apartado que te resultó más interesante de este artículo.

No olvides seguir consultando Siempre al Día para que estés al tanto de todas las novedades tributarias, contables, financieras y laborales que necesitas para actualizarte.

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

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Russell Bedford
Russell Bedford
5 meses hace

Muy buen artículo: explicar los distintos tipos de opinión del revisor fiscal ayuda muchísimo a quienes deben cumplir con estas exigencias pero no conocen bien las diferencias.
Un punto que podría fortalecer aún más el contenido: incluir casos prácticos reales o ejemplos ilustrativos —por ejemplo, una empresa que reciba opinión con salvedades frente a otra con opinión adversa — para que el lector comprenda claramente qué implicaciones tiene cada tipo.
En Russell Bedford, apoyamos a organizaciones en preparar sus procesos de auditoría y revisores fiscales, asegurándonos de que los informes y opiniones reflejen con exactitud su situación financiera. Si desean revisores fiscales confiables o asesoría en este ámbito, pueden conocer más de nosotros en: https://russellbedford.com.co/

Siempre Al Día
Editor
5 meses hace
Responder a  Russell Bedford

Equipo de Russell Bedford, muchas gracias por ser parte de la comunidad de Siempre Al Día. Nos alegra que el artículo haya sido útil. Tomamos la sugerencia de contenido y la tendremos presente para próximas publicaciones.

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