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Obligaciones societarias y mercantiles en Colombia 2025: guía completa de requerimientos y plazos

Las entidades en Colombia deben cumplir diferentes obligaciones societarias y mercantiles como la renovación del registro mercantil, el nombramiento del revisor fiscal y la asamblea de accionistas o junta de socios, entre otros. ¡En este artículo te contamos las principales obligaciones que todo profesional contable debe tener en cuenta para 2025!

Equipo Siempre Al Díа

Actualizado el: 26 Mar 2025

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9 min de lectura

Obligaciones societarias y mercantiles

¿Sabías que no cumplir con las obligaciones societarias y mercantiles puede generar sanciones económicas y afectar la reputación de tu empresa? Cada año, las entidades en Colombia deben cumplir con ciertos requisitos legales ante la cámara de comercio, la Superintendencia de Sociedades y otros. 

En este artículo, te explicamos qué obligaciones deben cumplir las empresas en 2025, los plazos clave y cómo asegurarte de que las empresas que asesoras estén Siempre Al Día.

Obligaciones societarias y mercantiles que deben cumplir las entidades en 2025 

Veamos cuáles son las principales obligaciones que deben tener en cuenta las entidades en 2025:

Obligaciones societarias y mercantiles plazos 2025

1. Presentación de información financiera a la Superintendencia de Sociedades

Mediante la Circular única de requerimiento de información financiero —Curif— emitida el 2 de noviembre de 2023 se creó una normativa permanente en cuanto a plazos y parámetros de emisión de información a la Supersociedades. De acuerdo con el numeral 1.1.2 de esta norma, cada año y por medio de oficio se emite el calendario. 

Para la información de 2024, los vencimientos para la presentación de estados financieros de propósito general individuales o separados son entre el 8 de abril y el 13 de mayo de 2025 (teniendo en cuenta los últimos 2 dígitos del NIT) y hasta el 30 de mayo de 2025 para estados financieros combinados o consolidados.

Si deseas conocer mayor detalle, te invitamos a leer nuestro artículo: Presentación de estados financieros a la Supersociedades en 2025..

2. Presentación de información no financiera a la Superintendencia de Sociedades 

De acuerdo con la Circular Externa 100-000002 de marzo 14 de 2025 existen algunos informes con información no financiera que son requeridos por la Supersociedades para las entidades que cumplan ciertas condiciones: 

  1. Informe 50 – Prevención de riesgo de LA/FT/FPADM
  2. Informe 52 – Programas de transparencia y ética empresarial
  3. Informe 58 – Oficiales de cumplimiento.
  4. Informe 08 – Reporte de sostenibilidad
  5. Informe 67 – Sociedades BIC

Los Informes 50 y el Informe 52, fueron integrados en un nuevo Informe 75 SAGRILAFT, RMM y PTEE.

Este último aborda el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva —Sagrilaft—, el régimen de medidas mínimas —RMM— y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial —PTEE—.

Veamos las fechas de presentación para el año 2025 de estos informes:

  • Plazo para el envío del Informe 75 SAGRILAFT, RMM y PTEE. 
Últimos 2 dígitos del NITPlazo máximo para el envío de informaciónFecha específica en 2025
01 – 10Décimo primer día hábil de julio15 de julio
11 – 20 Décimo segundo día hábil de julio16 de julio
21 – 30Décimo tercer día hábil de julio17 de julio
31 – 40Décimo cuarto día hábil de julio18 de julio
41 – 50Décimo quinto día hábil de julio21 de julio

  • Plazo para el envío del Informe 08 Reporte de sostenibilidad
Últimos 2 dígitos del NITPlazo máximo para el envío de informaciónFecha específica en 2025
01 – 10 Primer día hábil de julio1 de julio 
11 – 20  Segundo día hábil de julio2 de julio 
21 – 30Tercer día hábil de julio3 de julio 
31 – 40Cuarto día hábil de julio4 de julio 
41 – 50Quinto día hábil de julio7 de julio 
51 – 60Sexto día hábil de julio8 de julio 
61 – 70Séptimo día hábil de julio9 de julio 
71 – 80Octavo día hábil de julio10 de julio 
81 – 90Noveno día hábil de julio11 de julio 
91 – 00Décimo día hábil de julio14 de julio 

  • Plazo para el envío del Informe 58 – Oficiales de cumplimiento.

Este informe debe enviarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al respectivo nombramiento o cambio del oficial de cumplimiento y se encuentran obligados a presentarlo las entidades obligadas a realizar el Informe 75 – Sagrilaft y PPTE

  • Plazo para el envío del Informe 67 – Sociedades BIC

De acuerdo con los cambios realizados por la Circular Externa 100-000001 de 29 de marzo de 2022, este reporte se debe presentar ante la Supersociedades a más tardar el 31 de mayo de 2025.

Si deseas conocer mayor detalle sobre las características de esta información a presentar ante la Supersociedades, te invitamos a leer nuestros artículos: Sistemas de gestión de riesgos LA/FT/FPADM —Sagrilaft—: obligados y aspectos clave sobre su implementación y Presentación de información financiera y no financiera a la Supersociedades en 2025.

3. Renovación de la matrícula mercantil 

Todas las sociedades comerciales se encuentran obligadas a renovar la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses de cada año, es decir que, el plazo es hasta el 31 de marzo de 2025, según lo establece el artículo 33 del Código de Comercio.

Las tarifas a pagar por la renovación serán expresadas en UVB. Además, se calcularán sobre los activos líquidos ordinarios de la sociedad, en tarifas diferenciales que parten por rangos según su monto de activos (artículo 2.2.2.46.1.1 y siguientes del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 0045 de 2024).

Explora más información detallada sobre los rangos de clasificación por activos y las tarifas aplicables en nuestro artículo: Estas son las tarifas del registro y renovación de la matrícula mercantil en 2025

4. Presentar los estados financieros en cámaras de comercio

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley 222 de 1995, todas las sociedades se encuentran obligadas a presentar  una copia de los estados financieros en la cámara de comercio que corresponda, dentro del mes siguiente en la cual sean aprobados, junto con sus notas y el dictamen del revisor fiscal. 

Se exceptúan de esta obligación las entidades que se encuentren sometidas a vigilancia y control por parte de la Superintendencia de Sociedades. 

5. Celebración de la asamblea general de accionistas o junta de socios

A más tardar el 31 de marzo de 2025, las sociedades comerciales deberán celebrar la reunión ordinaria de asamblea general de accionistas o junta de socios bajo los siguientes objetivos de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 222 de 1995:

  1. Conocer y aprobar el informe de gestión del representante legal y la junta directiva.
  2. Revisar y aprobar los estados financieros del año 2024.
  3. Presentar el informe del revisor fiscal.
  4. Designar y/o renovar los administradores. 
  5. Realizar la distribución de utilidades, si hubiese lugar.
  6. Analizar todas las acciones encaminadas hacia el logro del objeto social.

Tip Alegra: Ten en cuenta que, conforme al artículo 422 del Código de Comercio, si la reunión ordinaria no es convocada, la asamblea se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril (martes 1 de abril de 2025), a las 10 a.m., en las oficinas del domicilio principal donde funcione la administración de la sociedad.

El término para convocar dicha reunión es de 15 días de antelación hábiles y únicamente podrán convocarla los administradores, el revisor fiscal o la Superintendencia de Sociedades, en este último caso, en ejercicio de las medidas administrativas previstas en el artículo 87 de la Ley 222 de 1995

6. Nombramiento del revisor fiscal

El nombramiento del revisor fiscal es una facultad concedida al máximo órgano social de la entidad, según el artículo 422 del Código de Comercio, y deberá realizarse, a más tardar, el 31 de marzo de 2025. Su elección se dará por el voto de la mayoría absoluta. 

Te podrían interesar nuestros artículos: Obligados a tener revisor fiscal en 2025 y ABC del ejercicio del revisor fiscal: funciones, dictamen, inhabilidades y papeles de trabajo.

7. Otras obligaciones societarias y mercantiles 

Estas son otras de las obligaciones societarias y mercantiles que deberán cumplir las entidades colombianas en 2025:

  • Verificar el cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha

El artículo 2.2.1.18.2. del Decreto 1074 de 2015, adicionado inicialmente por el Decreto 854 de 2021 y luego modificado por el Decreto 1378 de 2021, indica que los administradores al realizar al cierre contable deben evaluar los indicadores de deterioro patrimonial y riesgo de insolvencia, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha.

Obtén más detalles consultando nuestro editorial Riesgos de insolvencia y deterioro patrimonial al cierre del período 2023 y nuestra herramienta:  Riesgo de insolvencia y deterioro patrimonial en la evaluación de la hipótesis de negocio en marcha.

  • Reporte ante el Registro Nacional de Base de Datos —RNBD–

La Ley 1581 de 2012 creó el Régimen General de Protección de Datos Personales, aplicable al tratamiento de información personal contenida en cualquier base de datos realizado por personas naturales o jurídicas de naturaleza pública o privada. 

En concordancia con lo establecido por el Decreto 090 de 2018, se encuentran obligados a llevar a cabo este registro todas las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT a 31 de diciembre de 2024 (equivalentes a 429.778 UVB, es decir, $4.706.500.000).

  • Actualización del Registro Nacional del Turismo —RNT—

Las entidades que presten servicios turísticos deben renovar, dentro de los tres primeros meses del año, el Registro Nacional del Turismo —RNT—. Dicho proceso debe realizarse de forma anual y hasta los primeros 3 meses del año, esto es, hasta el 31 de marzo de 2025, según lo define el artículo 2.2.4.1.3.1. del Decreto 1836 de 2021

Cumplir con las obligaciones societarias y mercantiles en Colombia no solo evita sanciones, sino que también fortalece la estabilidad y credibilidad de tu empresa. Mantente informado, planifica con anticipación y usa herramientas digitales para optimizar la gestión de tus trámites.

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¿Conocías estas obligaciones societarias y mercantiles? Cuéntanos en los comentarios cuál de los puntos mencionados te pareció el más relevante y qué más te gustaría encontrar en Siempre Al Día.

La Guía Tributaria 2025 Colombia ya está disponible. ¡Accede ahora y registra tus datos para recibirla con las últimas actualizaciones para cumplir con tus obligaciones este año!

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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