¿Cuáles son las condiciones para la presentación de información no financiera de 2025 en 2026 ante la Supersociedades?
La Supersociedades emitió nuevas condiciones en el reporte de información no financiera para dar paso a la presentación de información sobre sostenibilidad y beneficio e interés colectivo. En este artículo se exponen todas las novedades, el informe eliminado y lo expuesto en la Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025.
Escrito por:
Diana Milena Cadavid Marín
Equipo Siempre Al Día
Contenido revisado por:
Equipo Alegra
Resume esta entrada del blog con:
Índice
ToggleSe acercan los vencimientos para el envío de información financiera y no financiera de 2025 a la Supersociedades en 2026. Con la emisión de la Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025, se generan cambios importante para el reporte de información no financiera:
- Aclaraciones sobre la información a enviar frente a sostenibilidad y que esta se emite de forma voluntaria.
- Se elimina el informe 42 de prácticas empresariales.
- Se genera un calendario fijo desde 2025 y siguientes.
Esta normativa no solo actualiza fechas, sino que simplifica procesos al eliminar reportes duplicados y enfocarse en lo que realmente importa: la gestión de riesgos y el impacto social. A continuación, te compartimos todo lo que necesitas para cumplir con este requerimiento en 2026.

¿Qué es la información no financiera?
Se entiende como información no financiera a datos relevantes sobre las empresas vigiladas por la Supersociedades, pero que no tiene que ver de forma directa con la presentación de estados financieros. En el contexto de los reportes de 2025 (con corte al 31 de diciembre), se refiere específicamente a:
- Gestión de riesgos: contempla información sobre el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo —Sagrilaft—.
- Ética empresarial: el Programa de Transparencia y Ética Empresarial —PTEE—.
- Sostenibilidad: el impacto ambiental, social y las prácticas de gobernanza (ESG) realizadas.
- Empresas BIC: donde se demuestren acciones de beneficio e interés colectivo.
Esta información debe ser preparada durante el ejercicio 2025 para ser remitida a la entidad de supervisión en los plazos estipulados de 2026.
¿Para qué sirve generar y realizar el envío de la información no financiera?
Para tus clientes, este reporte sirve para:
- Gestión de riesgos: identificar y mitigar posibles amenazas legales y reputacionales antes de que se conviertan en crisis.
- Acceso a capital: los bancos y fondos de inversión hoy exigen reportes de sostenibilidad para otorgar créditos o realizar inversiones de impacto.
- Transparencia de mercado: mejora la confianza de proveedores y clientes, posicionando a la empresa como un actor íntegro en la economía.
- Cumplimiento normativo: evitar multas que pueden llegar a los 200 smmlv (más de 350 millones de pesos para 2026, conforme a lo expuesto en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de diciembre 20 de 1995).
¿Qué reportes contempla el envío de información no financiera?
La estructura de reportes cambió significativamente tras la emisión de la Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025 para aliviar la carga de las empresas. Aquí te explicamos los puntos clave que debes conocer.
¿Qué se derogó con la emisión de la Circular Externa 100-000002 de de marzo de 2025?
Esta circular derogó expresamente la Circular Externa 100-000003 de septiembre 11 de 2023. El objetivo fue unificar criterios y racionalizar la información solicitada, evitando que las empresas tuvieran que enviar datos que la Superintendencia ya poseía o que no generaban valor analítico.
¿Sigue vigente el informe 42 de prácticas empresariales?
No. El Informe 42 ha sido eliminado definitivamente. Las sociedades ya no deben presentar este reporte de manera independiente. La información relevante sobre gobierno corporativo que antes se incluía allí, ahora se ha integrado como un módulo de «Gobernanza» dentro del Informe 08 (Reporte de Sostenibilidad).
¿Qué informes son obligatorios y cuáles voluntarios?
Estos informes dan cuenta al máximo órgano societario de cada empresa, y a los usuarios en general, sobre la gestión que adelanta la administración frente a temas que si bien no son financieros, tienen un impacto en la gestión de riesgo y la reputación ante terceros.
Adicionalmente, la presentación de estos informes con excepción del reporte 08 de sostenibilidad son de carácter obligatorio ante la Supersociedades para efectos de su vigilancia y control. Te recomendamos tener en cuenta lo siguiente frente a su presentación:
| Informe | Nombre | Carácter | ¿Quiénes reportan? |
| Informe 75 | Sagrilaft / PTEE | Obligatorio | Empresas bajo los umbrales de los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica de la Supersociedades. Las disposiciones sobre autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva —LA/FT/FPADM— se encuentran enmarcadas en Circular Externa 100-000016 de diciembre 24 de 2020 (modificada por las circulares externas 100-000004 de abril 9 de 2021, 100-000015 de septiembre 24 de 2021, 100-000004 de octubre 4 de 2023, 100-000003 de abril 23 de 2024 y 100-300000 de diciembre 6 de 2024). |
| Informe 58 | Oficiales de Cumplimiento | Obligatorio | Se genera siempre que haya un cambio o nombramiento de un Oficial de Cumplimiento. Este informe lo emiten los sujetos obligados de acuerdo con los capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica de la Supersociedades (obligatorio para quienes elaboran el informe 75 – Sagrilaft). |
| Informe 67 | Sociedades BIC | Obligatorio | Exclusivo para Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo.La Supersociedades ratifica que continúan vigentes las condiciones expuestas en la Circular Externa 100-000007 de mayo 5 de 2021, (modificada por la Circular Externa 100-000001 de marzo 29 de 2022). |
| Informe 08 | Sostenibilidad | Voluntario | Mediante la Circular Externa 100-000010 del 21 de noviembre de 2023, la Superintendencia de Sociedades incorporó en su Circular Básica Jurídica el Capítulo XV, que establece las directrices y recomendaciones sugeridas para la elaboración de informes de sostenibilidad. Explora más aquí: ¿El reporte de sostenibilidad es obligatorio para las empresas? |
Si deseas conocer más información sobre reportes ante la Supersociedades, te recomendamos nuestro artículo: ¿Presentación de estados financieros ante la Supersociedades: ¿Cuáles informes se deben enviar en 2026 y en qué plazos?
¿Cómo se realiza el envío de información no financiera de 2025 en 2026?
El proceso se realiza de forma 100 % digital a través del portal de la Supersociedades. Para la emisión se puso a disposición de las entidades el Sistema Integrado de Reportes Financieros —Sirfin— para la presentación de información bajo NIIF y otros reportes en el lenguaje extensible de reportes de negocios —XBRL—.
Además, se habilitó el correo infonofinanciera@supersociedades.gov.co para quienes no encuentren autorización para la presentación de sus informes, puedan obtener asistencia.
Debes seguir estos pasos:
- Descargar el aplicativo XBRL Express.
- Diligenciar el informe correspondiente en formato XBRL.
- Cargar el archivo en el módulo Sirfin utilizando los accesos de la sociedad.
¿Cuáles son los plazos de envío de información no financiera?
Los plazos para 2026 se basan en los dos últimos dígitos del NIT (sin dígito de verificación) y son los siguientes:
¿Cuándo se presenta el Informe 75 de Sagrilaft y PTEE en 2026?
Se presenta desde el décimo primer día hábil de julio de 2026.
| Últimos 2 dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en 2026 |
| 01-10 | 15 de julio |
| 11-20 | 16 de julio |
| 21-30 | 17 de julio |
| 31-40 | 21 de julio |
| 41-50 | 22 de julio |
| 51-60 | 23 de julio |
| 61-70 | 24 de julio |
| 71-80 | 27 de julio |
| 81-90 | 28 de julio |
| 91-00 | 29 de julio |
¿Cuándo se presenta el Informe 58 de oficiales de cumplimiento?
Se presenta máximo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la respectiva novedad (nombramiento nuevo o actualización de nombramiento, considerando la fecha del acta de reunión del máximo órgano social o junta directiva).
¿Cuándo se presenta el Informe 67 de sociedades BIC?
Se presenta máximo hasta el 31 de mayo de cada año de acuerdo con la modificación realizada por la Circular Externa 100-000001 de marzo 29 de 2022.
¿Cuándo se presenta el Informe 08 de sostenibilidad en 2026?
Se presenta durante los primeros 10 días hábiles de julio de 2026.
| Últimos 2 dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en 2026 |
| 01-10 | 1 de julio |
| 11-20 | 2 de julio |
| 21-30 | 3 de julio |
| 31-40 | 6 de julio |
| 41-50 | 7 de julio |
| 51-60 | 8 de julio |
| 61-70 | 9 de julio |
| 71-80 | 10 de julio |
| 81-90 | 13 de julio |
| 91-00 | 14 de julio |
¿Cómo cumplir fácilmente con los requerimientos de la Supersociedades usando Alegra?
Un gran reto que enfrentan las empresas y los equipos contables es recolectar información fidedigna de todo un año en pocos días. Aquí es donde la tecnología de Alegra se convierte en tu mejor aliada:
- Centralización de terceros: para el Informe 75 (Sagrilaft), necesitas identificar plenamente a clientes y proveedores. Alegra te permite tener una base de datos organizada y exportable para realizar los debidos cruces en listas restrictivas.
- Reportes inteligentes: gracias a la Inteligencia Artificial de Alegra, puedes generar resúmenes de la situación financiera y operativa, facilitando el diligenciamiento de los indicadores de impacto económico requeridos en el Reporte de Sostenibilidad (Informe 08).
- Trazabilidad y auditoría: al llevar la contabilidad en la nube de forma automática, garantizas que la información para el formulario de «Gobernanza» sea íntegra y verificable, demostrando transparencia ante cualquier requerimiento.
¿Listo para simplificar la presentación de información no financiera ante la Supersociedades en 2026? No esperes los últimos días del plazo: regístrate gratis en Alegra hoy y prueba todas las funcionalidades que tienes disponibles.
Fuentes oficiales
- Congreso de la República de Colombia. (1995) Ley 222 de diciembre 20 de 1995
- Superintendencia de Sociedades. (2020). Circular Externa 100-000016 de diciembre 24 de 2020 y sus modificatorios
- Superintendencia de Sociedades. (2023). Circular Externa 100-000003 de septiembre 11 de 2023
- Superintendencia de Sociedades. (2022). Circular Externa 100-000001 de marzo 29 de 2022
- Superintendencia de Sociedades. (2022). Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica
- Congreso de la República de Colombia. (1995). Numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de diciembre 20 de 1995
- Superintendencia de Sociedades. (2025). Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025
¿Conocías las fechas para la presentación de información financiera de 2025 ante la Supersociedades en 2026?
Gracias por seguir nuestros contenidos. No olvides estar Siempre Al Día con todos los contenidos de derecho laboral, contabilidad e impuestos que tenemos para ti.
¿Contabilidad Siempre Al Día?